Los tres acusados por la muerte del bombero Marco Antonio Navas han quedado absueltos. La Audiencia Provincial ha dictado sentencia a última hora del mediodía de este viernes, considerando que no pueden condenar por homicidio imprudente a ninguno de los tres acusados, dado que una de las pruebas que podrían haber indicado algo en ese sentido -un examen cerebral al cuerpo del fallecido para concretar si este padecía o no una lesión congénita- no se realizó tras el fallecimiento.
La sentencia, contra la que cabe recurso, explica que no se juzgaba, además, si Navas tendría que estar realizando prácticas de submarinismo o si el Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento tenía o no competencias bajo el agua, sino si los tres acusados eran responsables de un delito de homicidio imprudente.
Al margen de dos años de prisión para cada uno de los acusados, tanto la Fiscalía como la acusación particular pedían una indemnización a los familiares de Navas, fallecido el 30 de abril de 2009 cuando realizaba prácticas de submarinismo en El Desnarigado.