VISITA ABASCAL

Archivada la denuncia de VOX contra los magistrados que prohibieron el acto de Abascal

El Tribunal Supremo ha archivado la denuncia de VOX contra los magistrados que ratificaron la prohibición del acto público del líder nacional de la formación en Ceuta, Santiago Abascal. El Supremo inadmite la querella interpuesta por el partido contra varios jueces del TSJA.

El Tribunal Supremo ha rechazado la denuncia por prevaricación de VOX contra los jueces del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que, en su momento, apoyaron la decisión de prohibir los actos con motivo de la visita del líder nacional del partido, Santiago Abascal. El Supremo no ha admitido la denuncia, y ha ordenado el archivo del caso.

 

El Supremo recuerda que VOX " el 21/05/2021 comunicó a la Delegación del Gobierno de Ceuta su intención de convocar y realizar una concentración el día 24/05/2021 y por Resolución de 22/05/2021 la manifestación fue prohibida. Frente a dicha resolución se interpuso recurso contencioso-administrativo el mismo día en que estaba convocada una manifestación de dicho partido, a primeras horas de la mañana. La Letrada de la Administración de Justicia dictó una diligencia de ordenación requiriendo a la representación del recurrente CAUSA ESPECIAL/20496/2021 3 para que presentara el poder de representación y copia del acuerdo adoptado por el recurrente para la interposición del recurso y convocando a todas las partes para la celebración de vista que habría de tener lugar a las 12 horas de ese mismo día. Se indicó en la diligencia que el requerimiento debería llevarse a efecto antes de la hora de celebración de vista y que si no se cumplimentaban antes de la misma se procedería al archivo del recurso. Llegado la hora señalada para la vista no compareció la parte recurrente, por lo que el tribunal tuvo por desistida a dicha parte".

 

 

El partido político "querellante, en base a un informe emitido por su representación procesal, alega que no fue citado a la vista, interesándose por tal motivo la nulidad de actuaciones, pretensión que también fue desestimada porque el tribunal, merced a la información suministrada por la Sra. Letrada de la Administración de Justicia, señaló en su resolución que las partes habían sido citadas telefónicamente antes de la vista. En buena lógica no hay constancia documental de la citación telefónica, pero consta que la diligencia de ordenación convocando a la vista fue notificada por Lexnet es mismo día con emisión y recepción a las 10;19:13 horas. También consta que a las 11:30 el Procurador de la parte recurrente acudió al tribunal para entregar la documentación requerida".

 

Como dato curioso, la participación de uno de los jueces más conocidos de nuestro país durante los últimos años en el Fallo contrario a VOX. Se trata de Manuel Marchena, que alcanzó popularidad al dirigir el juicio contra los políticos catalanes condenados por el 'Procés'. Ironías de la Justicia: quien ejerció la acusación particular en aquel juicio fue, curiosamente, el secretario general de VOX, Javier Ortega-Smith.

 

Puede descargar la sentencia del Supremo bajo estas líneas, en formato PDF