jueves. 18.04.2024
CORONAVIRUS

El Gobierno ratifica que las personas contagiadas distintas de sanitarios y socio-sanitarios no se consideran "accidente laboral"

El Ejecutivo ha respondido a la pregunta formulada por la diputada nacional, Teresa López, ratificando que las personas contagiadas que presten funciones distintas a servicios sanitarios y socio-sanitarios, no se consideran derivadas de accidente de trabajo. Celadores, personal administrativo, o de limpieza y cocina, entre otros, están excluidos de la contigencia profesional por accidente de trabajo.

“No se consideran derivadas de accidente de trabajo las prestaciones del sistema de la Seguridad Social causadas por el personal que trabajando en centros sanitarios o socio-sanitarios desempeñe otras funciones distintas a la prestación de servicios sanitarios y socio-sanitarios, como tampoco las prestaciones causadas por el personal que presta servicios sanitarios o socio-sanitarios fuera de dichos centros sanitarios o socio-sanitarios exclusivamente”. Así de contundente es la respuesta del Gobierno de la Nación, tras la pregunta realizada por parte de la diputada nacional de VOX por Ceuta, Teresa López, quién interpeló por el motivo por el que “no reconoce la contingencia profesional por contagio de la Covid-19 y sus correspondientes recaídas, a todos los contagiados con carácter retroactivo desde el 11 de marzo”.

 

Y es que, los nuevos criterios de la Seguridad Social (SS) para determinar lo que se considera accidente de trabajo por el virus, excluye a celadores, personal administrativo, de limpieza y cocina, entre otros. Estas pautas, señala VOX, ha provocado que la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), exija que la SS considere como accidente de trabajo los contagios sufridos por todo el personal de los centros sanitarios o socio-sanitarios, “sin excepciones”, reclama.

 

El Ejecutivo ha subrayado que “a los exclusivos efectos de la prestación económica de incapacidad temporal, los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras provocados por el virus se considerarán, con carácter excepcional, como situación asimilada a accidente de trabajo, salvo que se pruebe que el contagio de la enfermedad se ha contraído con causa exclusiva en la realización del trabajo, en cuyo caso será calificada como accidente de trabajo”.

 

La parlamentaria ceutí considera que “el Ejecutivo hace un agravio al personal, al que no reconoce la contigencia profesional por contagio de la Covid-19”, e insiste en que “la lógica de este Gobierno se enfrenta al sentido común”. Además, López manifiesta que “celadores o personal administrativo de centros sanitarios o sociosanitarios están también en primera línea en la lucha contra un virus del que el Gobierno socialcomunista de Sánchez e Iglesias, han hecho una gestión negligente y además, como en este caso, sin atender a todos los colectivos”.

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