INGESA responde al Sindicato Médico: la Inspección de Trabajo considera que no hay vulneración del derecho a huelga
INGESA ha explicado que la Inspección de Trabajo ya se ha pronunciado sobre los incidentes que ha denunciado de forma reiterada el Sindicato Médico.
El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) ha salido al paso de las acusaciones formuladas por el Sindicato Médico en relación con los incidentes denunciados durante la reciente huelga nacional convocada en febrero de 2026. El organismo asegura que la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Ceuta ya se ha pronunciado sobre el asunto y ha concluido que no se vulneró el derecho fundamental de huelga.
La denuncia, presentada por la organización sindical CEMSATSE, cuestionaba la convocatoria y mantenimiento de una Comisión de Selección para la provisión de plazas de médicos de familia durante los días de paro, al considerar que su celebración podía afectar a la participación de los representantes de los trabajadores y suponer una limitación del ejercicio del derecho de huelga.
Sin vulneración del derecho fundamental
Tras analizar los hechos y el marco normativo aplicable, la Inspección de Trabajo ha determinado que la constitución y mantenimiento de la Comisión de Selección, órgano colegiado regulado en el artículo 17 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, no vulnera el derecho de huelga en su dimensión colectiva ni constituye una actuación limitativa, obstructiva o neutralizadora de su ejercicio.
La resolución subraya que la protección del derecho fundamental de huelga exige la existencia de elementos objetivos y verificables que acrediten una afectación real y efectiva de su ejercicio, no siendo suficiente la mera coincidencia temporal entre una actuación administrativa y un periodo de huelga ni la apreciación subjetiva de un posible impacto organizativo.
En este caso concreto, la Inspección concluye que no concurren dichos elementos, ya que se trataba de una actuación previa, reglada y ajena a la prestación directa de servicios asistenciales.
Agilidad del proceso selectivo
Asimismo, el pronunciamiento señala que el mantenimiento de la convocatoria respondía a la necesidad de garantizar la agilidad y continuidad del proceso selectivo, sin implicar una dedicación temporal significativa ni evidenciar mala fe o intencionalidad contraria al ejercicio del derecho de huelga por parte de INGESA.
No obstante, la resolución también apunta a la conveniencia de que, en contextos de huelga, las partes implicadas mantengan una actitud de responsabilidad y cooperación que permita compatibilizar el ejercicio de los derechos fundamentales con el normal funcionamiento de la actividad administrativa, en línea con la doctrina constitucional que define la huelga como una alteración pacífica del normal desenvolvimiento de la vida social y productiva.
Compromiso con el diálogo
Desde INGESA han reiterado su compromiso con el respeto a los derechos laborales, la estricta observancia del ordenamiento jurídico y el mantenimiento de un diálogo constructivo con las organizaciones sindicales, todo ello compatible, subrayan, con la correcta gestión de los servicios públicos sanitarios.