El auto de la sentencia publicada este lunes, hace referencia a los hechos producidos el pasado día 6 de abril de 2020, en la que se tiene en cuenta que España se encontraba en Estado de Alarma, y se considera probada la intención de perjudicar la reputación de Instituciones Penitenciarias y en especial de los funcionarios que cumplen sus funciones en el Centro Penitenciario de la Ciudad Autónoma de Ceuta, así como a sabiendas de su falsedad.
El ahora condenado publicó, a través de la red social Facebook las siguientes manifestaciones: “señores me están yamando gente de la prisión de Ceuta diciéndome k no hay medico y muchos están con fiebre y nadie les hace caso”, “señores o los vuelco a decir y no tengo su mentir esty hablando con algunos internor k están muy mal y hablo del modul7 no de otro módulo del modulo7 se k hay gente k tiene familias en otros modulo yo hablo del modulo7 y no kiero dar nombre de lo internos k están mal x sus seguridades”
Por estos motivos el Tribunal Número 4 lo ha condenado como autor criminalmente responsable de un delito de injurias, a la pena cuatro meses de multa a razón de 3 euros al día, y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago en los términos del art. 53 del Código Penal y en todo caso, al abono de las costas procesales.
La sentencia se realiza de forma firme.