martes. 23.04.2024
CORONAVIRUS

El Gobierno da vía libre a los Puertos para modificar tasas y flujos mínimos

El Consejo de MInistros ha aprobado una serie de medidas en relación al funcionamiento de los puertos durante el estado de alarma y para paliar las consecuencias económicas de la crisis en el sector. Entre estas medidas, destaca la libertad para modificar los tráficos mínimos y las tasas, adecuándolos a la situación actual

El Consejo de Ministros ha facultado a las Autoridades Portuarias a fijar los mínimos en los flujos o las tasas de ocupación para adaptarlas a la situación actual con motivo de la pandemia. De este modo, "podrán reducir motivadamente los tráficos mínimos y el nivel de actividad mínima exigidos para el año 2020, evitando así las penalizaciones por incumplimiento de esos mínimos", explica el Ejecutivo. Además, y en directa relación con el Puerto de Ceuta "se contempla la aplicación de un 10% de reducción de la cuantía básica, durante el tiempo que esté en vigor el estado de alarma, de todos aquellos buques relacionados con el transporte marítimo de corta distancia. Cuando se trate de servicio marítimo regular de pasaje o carga rodada, esa reducción será del 50%. Esta reducción responde a la necesidad de dar apoyo y garantizar la continuidad de los servicios de transporte marítimo que atienden una movilidad ‘obligada’ en los entornos marítimos del litoral español, tanto los de carácter nacional (conexiones marítimas Península Islas Canarias/Baleares, Ceuta y Melilla y movilidad interinsular, entre otros), como el resto del transporte marítimo de corta distancia o autopistas del mar con terceros países, incluyendo los flujos de paso por el Estrecho".

 

Las Autoridades Portuarias podrán también acudir al Fondo de Compensación Interportuaria, en el caso de que baje el tráfico marítimo en más de un 60%, haciéndose efectivo el pago de esta compensación a lo largo de este año o, a lo sumo, en 2021.

 

También se aprueba una modificación en las tasas que  "es la que tiene mayor repercusión económica, pudiendo alcanzar un máximo de 84 millones de euros, correspondiente al presente año 2020, para el conjunto del sistema portuario. Se diferencian las estaciones o terminales de pasajeros del resto, a fin de poderles ampliar la reducción de la tasa de ocupación hasta de un 60%, mientras que para el resto de concesiones el máximo será del 20%, habida cuenta del enorme impacto que han tenido en los tráficos de pasajeros las medidas de restricción de la movilidad y la suspensión por decreto-ley de servicios regulares".

 

En otra dirección, "se exime del pago de la tasa del buque a todos aquellos buques que se han visto obligados a atracar o fondear en un puerto como consecuencia de una orden de la autoridad competente.  Además, aun no dándose dicha orden, si se viese en la necesidad de atracar en un puerto derivando en una estancia prolongada, se le aplica una reducción en la tasa desde el primer día de su atraque que puede llegar al 30% en la primera semana. Este último caso ocurre en el caso de los cruceros de modo particular", señala el Ejecutivo.

 

Por último "las Autoridades portuarias podrán conceder aplazamientos de pago de hasta seis meses en las liquidaciones de las tasas portuarias, sin que se devenguen por ello intereses de demora ni se exijan garantías adicionales".

 

 

El Gobierno da vía libre a los Puertos para modificar tasas y flujos mínimos