Fiscalía pide condena por 4 delitos, añade agravantes y deja recados a Cabrera, a la madre y a la hermana del acusado
Los informes de las partes han comenzado en el juicio de Parques de Ceuta con la intervención del Ministerio Fiscal, que ve clara la culpabilidad del esposo de María Ángeles Lozano e incluso podría elevar la pena solicitada. El Ministerio Público afea las atenuantes que pretende la defensa: “No ha colaborado en nada con la justicia, solo ha ido cambiando la versión”
La Fiscalía ha interesado este viernes la condena al acusado del crimen de Parques de Ceuta durante la que será seguramente la penúltima jornada del juicio. El Ministerio Público, que en conclusiones había añadido hasta tres agravantes a la solicitud de condena -dos por parentesco y uno de violencia de género- y un atenuante psiquiátrico simple, argumentó la culpabilidad de A.G.D. en delitos de asesinato y maltratos habituales contra María Ángeles Lozano y otros dos ilícitos contra la integridad moral y de lesiones psíquicas “irreversibles” en los que el hombre habría incurrido contra su hija.
Lo hizo defendiendo el testimonio de la menor, que contó “en numerosas ocasiones” y manteniendo su versión bajo juramento la misma versión de los hechos: Que el acusado disparó contra su madre primero y después en un forcejeo se produjo el segundo tiro que dio contra el mobiliario de la cocina.
Refuerza esta tesis que el agente especializado de la unidad de violencia de género de la Policía Nacional diera veracidad a su testimonio. Teniendo siempre claro que fue el primer proyectil el que impactó en su madre, por lo que el segundo, apretara quién apretara el gatillo no es objeto del juicio.
Las hipotéticas contradicciones en lo expuesto por la joven -que tenía 17 años el día que presenció fallecimiento de su madre- las justificó la fiscal en la situación traumática vivida y en una declaración larga y complicada. Estas radican en que no supiera con precisión dónde dio la segunda bala y en un gesto que la joven hizo durante su declaración, confundido por la abogada de la defensa, Inmaculada Güil, con una recreación de cómo A.G.D. tenía puesto el brazo a la hora de disparar.
El largo historial de maltrato relatado por la joven, que según las psicólogas sufre daños mentales “irreversibles”, apareció seguidamente con fuerza en la argumentación final del Ministerio Público. “El cambio que se produce en ella de actitud alrededor de los nueve años coincide con el momento en que se da cuenta de que aquello era maltrato. Protegiendo a su madre porque quería que hiciera algo más”, agregó la fiscal.
También mencionó el hecho de que la niña fuera la primera en llamar al 112 al grito de “mi padre ha disparado a mi madre”. Que A.G.D., agente de la Policía Local, preguntara si la había matado a sus compañeros del cuerpo que llegaron al domicilio o que su hija le llamara asesino en el mismo momento de los hechos delante de la Policía Nacional, suman en el argumentario de la Fiscalía.
Afeó seguidamente la acusación pública lo dicho por la hermana y la madre del supuesto asesino, dando a entender que fue la adolescente quien mató a su progenitora deliberadamente para poder hacer lo que ella no le dejaba, “tatuajes y salir por ahí”. “Esto es un auténtico despropósito (…) La ignorancia es osada”, criticó el Ministerio Fiscal, visiblemente molestas sus representantes, y comparando esta actitud con la de quienes quisieron desacreditar a las víctimas de ‘La manada’.
Les achaca a ambas “numerosas contradicciones”. Por ejemplo al decir que su allegado e imputado en este caso le llevaba a la asesinada “flores o jamón” y que era en definitiva un marido ideal, lo que choca hasta con lo expuesto por su propia psiquiatra. A esta última, además, le dijo que se llamaba Miguel Ángel, que era administrativo y que consumía alcohol. Esto último, lo de ingerir bebidas espirituosas, jamás visto por nadie de su familia.
No da crédito a que la madre de A.G.D. sacara de su monedero un papelito, que supuestamente llevaba ahí desde hacía veinte años, en el que tenía apuntadas las enfermedades mentales de su hijo, añadiendo una “esquizofrenia” de la que nadie ha hablado. Menos se cree aún que, como dijo la hermana del acusado, alguien no identificado la llamara al teléfono el día de autos diciéndole que su sobrina -es decir, la hija de Lozano- había matado a su madre.
La lista de incongruencias en los testimonios de las dos mujeres se extendió un rato más, pero, antes de pasar a detallar lo que lleva a la representación pública a interesar la condena, sus juristas recordaron que el acusado, A.G.D., nunca declaró a todas las partes, y que aunque pasó a disposición judicial el 14 de marzo de 2022, no fue hasta el 20 de junio cuando hizo llegar su versión de los hechos a través de su defensa. “Esto es un relato, no va orientado a que sepamos la realidad”, defienden las fiscales, que recordaron que el padre intentó imputar a la niña pidiendo que se iniciaran diligencias en el Juzgado de Menores.
Palo de las fiscales a las periciales de Cabrera y Planelles
La Fiscalía también fue muy crítica con la pericial del doctor José Cabrera y Forneiro -pagado por la defensa- por "poco profesional" y por la falta de memoria en sala; su tendencia a dudar de la hija, y la absoluta credibilidad que da a la versión de A.G.D. También el hecho de que analizara la parte psiquiátrica, la trayectoria de la bala, la violencia de género y todo tipo de cuestiones -convirtiéndose en un Da Vinci pericial por su capacidad de saber de todo-, para luego recoger cable en sala y dejar muchas cuestiones en el terreno de la duda, quitan para la acusación pública cualquier credibilidad a su informe.
Toman más en serio las fiscales al perito José Jiménez Planelles, del que dicen es “bastante más meticuloso”, a pesar de poner en completa tela de juicio su reconstrucción de lo ocurrido. “Le faltaba información vital y solo escuchó a una de las partes”, puntualizó el Ministerio Fiscal sobre el exmilitar, que en la propia vista reculó dando la razón a las expertas de la Policía Científica que le dijeron que su tesis sobre el ADN era imposible de afirmar categóricamente.
Al final, ambas periciales, “orientadas a dar credibilidad a la versión del acusado” están construidas, a juicio de las fiscales, de forma “sesgada”, a base “corta y pega” interesados; obviando gran parte del procedimiento, a la par que dando objetividad al teórico movimiento de una bala que los expertos consideran imposible de prever o determinar.
Para más inri, no ha gustado al Ministerio Público que la defensa insinuara prevaricación por su parte, al inicio de la vista, por no perseguir supuestos delitos de encubrimiento. Tampoco que se pretendiera señalar mala praxis de la Policía Científica, cuando quien manipuló el arma llevándose la pistola y el casquillo, quitando también el cargador, fue el propio acusado de los hechos, A.G.D., mientras mandaba a su hija a casa de su tío, quedándose solo en la residencia familiar durante un rato.
El Ministerio Público delito a delito
Las fiscales ven un claro contexto de maltrato extendido a lo largo de los años en la pareja. Este clima fue afectando a la joven, que cambió su comportamiento cuando fue consciente de la situación. “La hija dijo que llamaba a su madre zumbada, que le decía que no valía un duro, que era un desastre, que accedía a su teléfono, que no la dejaba salir o le ponía pegas con la vestimenta y que no la dejaba de llamar para saber dónde estaba, extendiendo este acoso a su entorno”, enumeraron las representantes de la acusación pública.
La niña le pidió “en innumerables ocasiones que se separara”, el resto de familiares de la fallecida tampoco acaban de entender la convivencia entre ambos. Todos describieron a A.G.D. como una persona "malhumorada", "insufrible", "controladora" e incluso "racista", tal y como recordó la Fiscalía en su informe. Estás mismas personas apreciaron como la alegría de Lozano se iba “apagando con el tiempo” hasta el día de su asesinato.
Desacreditaron también las fiscales los argumentos de la defensa para descartar la violencia de género. Para ellas, que no hubiera mensajes amenazantes en el teléfono y que no existieran denuncias previas -como argumenta la abogada Güil- no supone prueba alguna de que no existiera esta conducta violenta y machista. “Ella trabajaba en el juzgado y no la pueden culpar por no hacer uso de este recurso. No lo hizo seguro por vergüenza”, apeló una de las profesionales de la acusación del Estado.
Consideran asimismo que la fallecida había pedido ya el divorcio a A.G.D. Esta tesis la construyen tanto en torno al testimonio de la psiquiatra del hombre como a lo contado por la hermana de Lozano y a que el acusado llevara tiempo -justo desde la consulta en la que la médico del policía supo de boca de su mujer que quería separarse- durmiendo en el sofá. A sabiendas entonces de la idea que tenía de dejarle, la mató, consideran las juristas de la Fiscalía, que no se tragan que el hecho de llevar el arma cargada, alimentada y sin seguro respondiera a un descuido.
Media además “alevosía” a juicio del Ministerio Público, al no haber podido la mujer huir, no esperándose que la atacara con un arma, encima a “muy poca distancia” y con una pistola, “el elemento por excelencia” para lograr el propósito mortal. “No entró con un boli”, subrayaron las fiscales, negando cualquier versión de la defensa sobre que fuera la hija de 17 años quien quitó el arma a su padre, accionándola y asesinando a su madre. “Entrar con un arma cargada y alimentada no es un accidente (…) es absurdo pensar que una niña le va a quitar la pistola a un policía”, añadieron poco después.
La acusación pública aprecia también la existencia de un evidente delito contra la integridad moral de la joven. El motivo: Que tuvo que intervenir para que un segundo disparo no impactara en su madre, se vio “forzada a suplicar a su padre que no lo hiciera” y pudo haber resultado herida.
En la lista de ilícitos aparece otro de lesiones psíquicas a la descendiente del matrimonio. En este punto la argumentación de la Fiscalía fue simple, pues las expertas independientes que intervinieron en el juicio detallaron un cuadro clínico extenso asociado al estrés postraumático que padece la joven: “Va a tener altibajos toda la vida. Es permanente e irreversible y tiene muchas consecuencias para ella”, comentaron las representantes del Ministerio Público.
Agravantes y atenuantes
En el capítulo de atenuantes, la fiscalía lista una leve de las capacidades punitivas sobre el delito de maltrato habitual. Reconocen la patología mental del paciente, de la que las fiscales tuvieron conocimiento por primera vez avanzado 2023, en un informe elaborado por la psiquiatra del acusado, a la que mintió en su nombre, en su profesión y en que tomaba alcohol.
“Se dice que tiene bipolaridad. Esto es algo que sube y baja. No es constante en su vida. Si un bipolar tiene episodios graves debe ser ingresado y esto no se ha producido nunca”, recalcó el Ministerio Público, que no ve que A.G.D. haya perdido nunca sus funciones.
Algo que casa con lo expuesto por el perito público que estudió si el día de los hechos el hombre se encontraba en sus cabales. Este, tal y como recalcó este miércoles una de las fiscales, habla de que la hipotética enfermedad supuso un condicionamiento leve el día de autos.
“Se levanta para ir a trabajar, se viste, lleva su pistola, llega a su casa y sabe el día de la semana que es. Lunes. Que su hija estaba en el colegio. Él ahí no tenía nada. Es en el momento en que su hija se opone cuando la impulsividad, que la tiene afectada por su bipolaridad, cogió el arma y disparó. Es responsable de ese disparo”, abundó el Ministerio Fiscal, que niega la eximente completa que pide la Defensa argumentando que solo quería “amedrentar” y que “no tenía intención de matar”.
La tesis de la acusación pública toma aún más fuerza al recordar cómo A.G.D. fue al hospital pocas horas después del suceso a pedir su medicación, sin mostrar alteración alguna para la médico que lo atendió. Otra profesional de la cárcel también ha afirmado a lo largo del juicio que el acusado se hace el loco de más para conseguir una rebaja de la pena o que sea un médico quien determine lo que debe pagar por su crimen.
Pasó seguidamente el Ministerio Público a refutar la “dilación indebida” que pide como atenuante la abogada Güil -que se pasó el juicio demorando las sesiones y pidiendo suspender el mismo, además de tratar de confundir constantemente a jurado y testigos- y que las fiscales niegan por completo. “El informe que dicen vino tarde llegó cinco días después del de Cabrera”, espetaron las representantes de la acusación del Estado.
Irónicamente, la letrada de A.G.D. interesa otra atenuante, encima “muy privilegiada”, de colaboración con la justicia. “No ha colaborado en nada. Ha dado mil versiones”, hurgó el Ministerio Público, que repasó los argumentos de la defensa, carentes en absoluto de sentido a la vista de lo expuesto en la sala.
La Ciudad no quiere pagar, el tribunal dice que ‘nanai’
En el contexto de las conclusiones, previas a los informes finales, el abogado que representa a la Ciudad en el juicio trató de alegar indefensión para evitar una hipotética responsabilidad civil. La acusación particular pide una cantidad de dinero a la Administración Local por no hacer los controles médicos pertinentes a A.G.D., que era agente de la Policía Local.
Inicialmente, en el escrito de acusación, el abogado de la hija del acusado, Javier Cabillas, argumentaba que no se realizaron las revisiones pertinentes. Hoy, en sus conclusiones, elevó la cantidad económica que se solicita a modo de indemnización y argumentó que los controles médicos eran insuficientes y se limitaban a cuestionarios que respondía el propio agente municipal.
Para el letrado de la Ciudad esto supone un cambio sustancial y genera además imposibilidad de defensa, proponiendo nueva prueba.
No lo vio así la magistrada que preside este tribunal de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz desplazada en Ceuta. Para ella no hay una notable modificación de los argumentos. Tampoco entiende que la Administración Pública no haya tenido margen suficiente para presentar la prueba que hubiera considerado.
Durante el turno de informes, la Fiscalía defendió que sí corresponde a la Ciudad abonar indemnización. Entiende que tras dos retiradas de arma en 2001 y 2007, “tendrían que activar protocolos mayores de control sobre esa persona”.
“No dejan de ser agentes que llevan un arma. En el caso de A.G.D. deberían haberlo sometido al psicólogo”, concluyeron las representantes del Ministerio Público.