Lo hizo argumentando que las conductas de petaqueo, uso de narcolanchas, contactos con otras personas del mundillo o las huidas en embarcaciones mientras se arrojaban fardos al mar están probadas. También que gracias a la investigación -especialmente a los pinchazos telefónicos y las audiciones- queda patente la existencia de una organización criminal con unos roles definidos y que mantenían importantes medidas de seguridad para evitar ser descubierta con las manos en la masa. A esto hay que añadir el papel de familiares y cónyuges, que a pesar de no tener una vida laboral marcada por salarios importantes, titularizaron barcos, vehículos, inmuebles, caballos, e incluso aparecieron formando parte de sociedades pantalla.
Finalizados los testimonios, este jueves comenzó la fase final de la vista, iniciando durante la mañana el fiscal la exposición de las conclusiones que extrae de la prueba practicada en sala y de la documental que acompaña al caso.
Quiso apuntar primero la lista de bienes que se pide incautar a cada uno de los acusados en caso de que el tribunal opte por dictar sentencia condenatoria. M.D.M.L.D. (esposa del considerado líder de la trama, F.J.P.L.) se quedaría sin un gran chalé en barriada Postigo, una vivienda en Pasaje Pilar, otra en el Edificio Pirámide, dos plazas de garaje, un trastero, un vehículo de gama media-alta Range Rover modelo Evoque y el saldo de sus cuentas bancarias en el instante en que le fueron bloqueadas. Esto último aplica para todos los afectados.
En el caso de A.L.R., madre de F.J.P.L. y A.D.P.L., se expropiaría su vivienda en una gran finca de Málaga que comparte la familia, además de la sociedad Lumansa y el dinero en efectivo encontrado en su casa en el momento del registro, 12.545 euros, considerados "provenientes del narcotráfico". A la hermana de los dos supuestos cabecillas, A.P.L. se le decomisaría la ganadería equina que titulariza con todos sus caballos, los ingresos injustificados de 68.000 euros en efectivo en sus cuentas, un préstamo de 28.000 euros que remesó a su pareja, el también acusado M.A.L. y los 500 euros que se hallaron en su domicilio en su bolso durante el registro.
De los 19.000 euros que aparecieron en un doble fondo de la vivienda que compartían los novios, se considerará a efectos del fiscal que la mitad pertenecía a cada uno y este dinero también quedará requisado. Además de los 9.500 euros de esos fondos que le corresponderían a M.A.L. se le retirarían 32.600 del préstamo que le realizó F.J.P.L.
El matrimonio integrado por C.S.P. y R.T.M. vería decomisado un coche Volkswagen Tiguan, dos motocicletas KTM, 11.000 euros que se pagaron por una obra en una casa familiar en Andalucía y una vivienda en la pedanía de Cerralba. Por su parte, a N.A.M., supuesto trabajador de la hamburguesería, se le quitarían dos embarcaciones, una moto Honda y un Fiat 600.
Finalmente, el caso de F.J.R.L., su esposa C.M.V., y los padres y la tía de esta se quedaría sin una vivienda en Avenida Lisboa, una plaza de garaje, un Volkswagen Tiguan, un Mitsubishi Montero, una moto nautica, una motocicleta Honda y los 5.000 euros en metálico que se encontraron durante el registro a su vivienda.
Petición de prisión por dos delitos
El fiscal aclaró antes de comenzar su argumentación sobre los motivos que le llevan a solicitar la condena de prisión, que para él, participan de un delito de organización criminal relacionado con el narcotráfico M.A.L., C.S.P., N.A.M. y F.J.R.L.
En el blanqueo se incluye a los anteriores también, sumando a A.L.R., A.P.L., M.D.M.L.D., R.T.M., C.M.V., D.V.O., A.M.M. y M.M.V. Todos ellos entendiendo que "han formado parte de un entramado familiar para encubrir el origen de los fondos que sus cónyuges y parejas". Además, se encuadra a A.L.R., M.D.M.L.D y A.P.L. y a F.J.R.L., C.M.V., D.V.O, A.M.M. y M.M.V. en otras dos organizaciones criminales orientadas a limpiar el dinero, interesando también penas de cárcel.
Evidencias claras de narcotráfico
Ya entrado en materia, el Ministerio Fiscal comenzó señalando que para que exista el delito de blanqueo es preceptiva una previa actuación delictiva, en este caso, vinculada al tráfico de hachís que es "origen de todos los bienes" de los acusados. Esto se desprende de la investigación de la Guardia Civil que se inicia con unas imágenes en las que se ve a F.J.P.L. introducir hasta "quince petacas de gasolina" en una embarcación de su propiedad.
Posteriormente, en otra jornada, se observa al ahora fugado junto a N.A.M. meter "34 petacas", además de comida, un parasol y agua. Este último elemento, de especial importancia para la acusación, puesto que las defensas han venido argumentando que esas garrafas en las que se supone llevaban combustible, podían no contenerlo, y en su lugar portar líquido elemento.
La cosa no acaba ahí, pues en las grabaciones se puede apreciar que "salían cargados de gasolina y regresaban con personas que no viajaban a bordo o al revés". Por ejemplo, un 22 de mayo "salen varias personas con antecedentes por narcotráfico y regresa únicamente N.A.M.", entendiendo que el resto se quedaron en narcolanchas en alta mar.
A la vista de estas conductas se solicitó la colocación de un dispositivo GPS en la embarcación, dado que "no había otro medio para continuar la investigación". Sin embargo, poner el radar se complicó, demorándose hasta el mes de julio. En ese lapso, viendo la Guardia Civil "la incesante actividad" de la organización, se acordó también la sonorización del barco y el inicio de los pinchazos telefónicos.
Todas estas acciones se materializaron a la vez, pudiendo avanzar con ello "exponencialmente" la investigación, dado que en las conversaciones en la barca los implicados "confirman que se venían realizando labores de petaqueo y auxilio a narcolanchas".
Surgen por el camino obstáculos, puesto que, según expuso el fiscal en sus conclusiones, los acusados eran "grandes profesionales y empleaban numerosas medidas de seguridad". Entre ellas se citaron el constante cambio de teléfonos móviles o el uso de los de sus familiares, la utilización de conversaciones estancas y claves en mensajes de SMS y WhatsApp, así como encuentros en persona o la utilización del sistema de encriptado Encrochat. Siempre manteniendo un "lenguaje convenido o en clave", lo que a juicio de la acusación denota un importante "grado de profesionalización, prudencia y celo para no ser detectados por los miembros policiales".
Aunque inicialmente parecía que solo se dedicaban al petaqueo, "actividad caracterizada por la impunidad al no portar la droga y por ser su contacto con las narcolanchas en alta mar mínimo", en las pesquisas "se vio como se hacían gestiones con personas de Marruecos, dando un salto cualitativo para organizar ellos mismos el transporte de sustancias a las costas de la Península".
Para el Ministerio Fiscal hay múltiples indicios que pasó a enumerar, incluyendo "las ilustrativas conversaciones" que mantuvieron con personas condenadas por narcotráfico o vinculadas a él o las relaciones familiares con antecedentes delictivos. En este apartado se incluyen el hecho de que el hermano de M.A.L, fuera condenado por un delito contra la salud pública -como así reconoció en la sala él mismo-, la adquisición de bienes a narcos -por ejemplo, M.D.M.L. y F.J.P.L. compraron su chalé al hermano de un conocido profesional del sector- o que el fugado A.D.P.L. fuera "identificado a bordo de una semirrígida tras una persecución de dos horas en la que estuvo arrojando bultos al mar".
Otro caso es el de C.S.P. al que detectó "la Guardia Civil de Málaga, a través del sistema integrado de mercancía exterior cuando iba en una embarcación de fibra que se acercó a una narcolancha neumática semirrígida". Este mismo acusado habría comprado una lancha como las usadas para el movimiento de drogas, "a través de su hermano", que apareció en el registro de la finca malagueña de la familia de los cabecillas. Esta se encontró en una nave que A.D.P.L. mandó tapiar con varios palés de ladrillo para bloquear la entrada, como así reconocieron varios testigos.
El siguiente indicio es el hecho de que algunos de los presuntos miembros de la organización aparezcan en otros procedimientos judiciales ligados al tráfico de estupefacientes, como F.J.P.L. y el anteriormente citado C.S.P. El primero es identificado en otra causa hablando con uno de los investigados y el segundo aparece en el proceso iniciado en el Juzgado de Vélez, Málaga, tras encontrarse en una nave -cuyo alquiler de un año pagó por adelantado y en metálico- en la que se encontró una embarcación semirrígida, dos motores y 20.000 litros de gasolina.
La argumentación del fiscal incluye también las conversación que F.J.P.L. mantiene con otro conocido narco, I.M. -no imputado en esta causa- en la que desliza sus intenciones de trasladar droga. "Yo estoy jodido, tengo las gomas mías y no tengo cojones de trabajar. Salí al rescate de la embarcación del Tomate", abundando en que tuvo que mandar a los suyos a auxiliar a otro traficante.
De la misma forma, una nave titularizada por N.A.M. fue pillada con decenas de kilos de hachís y sus tripulantes condenados en la misma Audiencia Provincial. "Según las grabaciones, N.A.M. le admite a M.A.L. que han convenido decir que les había vendido la barca, pero que no era así, que el seguía siendo su propietario", detalló el fiscal durante sus conclusiones.
A apuntalar la relación que esta supuesta organización mantenía con miembros de otras o con productores de estupefacientes contribuye, en opinión de la acusación pública, el hecho de que F.J.P.L hiciera "un préstamo ficticio a M.A.L. que este empleo para adquirir unos terrenos de otro Mustapha Chairi", un reputado proveedor de cannabis. Además, el mismo cabecilla de el entramado ceutí realizó la importación de un coche desde Alemania para la esposa de este.
Las intervenciones telefónicas también vienen a confirmar al fiscal que los implicados integraban una organización criminal, dejando entrever los roles establecidos para cada uno. Sin embargo, por el uso de lenguaje convenido, la preferencia por las reuniones en persona y el uso del sistema encripatado Encrochat, las sonorizaciones de la lancha, donde los acusados se relajaban, resultaron de especial utilidad, hasta el punto de mantener conversaciones en las que "eliminan cualquier duda sobre el tipo de actividad a las que se están dedicando": "F.J.P.L. habla de que su hermano A.D.P.L. le esta metiendo miedo. Que es un monstruo de meterle terror, diciéndole que un día le van a detener a él y a su mujer y dice además: 'Esto es narcotráfico, tú no vas a encontrar nada bueno'".
Para más inri, los dos supuestos líderes del entramado, F.J.P.L. y A.D.P.L. se fugaron justo el día en que se produjeron los registros domiciliarios y llevan cinco años sin regresar. "Es un poderoso indicio de que se dedicaban al narcotráfico, tras colocarse deliberadamente en situación de paradero desconocido, huyendo a Marruecos y dejando abandonadas a sus familias surge inevitablemente la pregunta : ¿De qué huyen los investigados y por qué temen enfrentarse a la justicia si no han hecho nada malo?", valoró el Ministerio Fiscal durante su turno de conclusiones, añadiendo otro duda más. "¿Cómo se mantienen económicamente viviendo en el país vecino durante más de cinco años si no es con el producto de las ganancias de sus actividades de narcotráfico?".
Las cuantías que obtenían de la actividad de avituallamiento de gasolina resultan conocidas merced a las sonorizaciones o, al menos, así lo cree demostrado la acusación, que recuerda un audio en el que se dice que obtenían 500 euros por relevo de piloto y 10.000 por cada cincuenta petacas de combustible.
"Aunque la actividad inicial era el auxilio logístico y avituallamiento, se detectó gracias a los pinchazos y sonorizaciones, que estaban a punto de dar un salto organizativo y adquirir droga en Marruecos. Todo fruto de los numerosos años que han venido haciendo estas labores previas. Ya habían creado una red de relaciones sociales en el Reino Alauita, podían hablar directamente con los proveedores y ya tenían personas que les podían suministrar la droga y habrían hablado con los encargados en la zona de Bolonia y de Tarifa para recepcionar esa droga y guardar las lanchas en la guardería", prosiguió el representante del Ministerio Público.
Lo piensa así porque, por ejemplo, una de las embarcaciones de los implicados fue lozalizada con el GPS en la cabeza de Tánger, "donde intentó coger la droga para transportarla a alguna zona próxima de la playa de Bolonia para ser allí recepcionada por un conocido narco, con quien F.J.R.L. mantuvo numerosos e intensos contactos en la zona de Algeciras". Esa operación finalmente no se concretó: "Se frustró porque no pudieron cargar a tiempo la droga en Marruecos", aclaró el fiscal, que seguidamente pasó a explicar los dos hechos por los que se frustró la detención de los integrantes del grupo por un delito de narcotráfico.
"En primer lugar, el 21 de octubre hallaron la baliza y el micro que se había instalado y, el 15 de diciembre, en la línea móvil de N.A.M., se recibió un mensaje de texto alertando de que todas las lineas estaban intervenidas y que no llamaran ni escribieran". A partir de dicho momento "el desarrollo de la investigación quedó comprometido. Intensificaron las agudas medidas y dejaron de usar los terminales telefónicos".
A pesar de ello, en virtud de los expuesto por la acusación pública, "hay indicios de que pudieron culminar el transporte de la droga sin ser detectados por los investigadores en los primeros días de enero de 2019. Provocando que la investigación no pudiera continuar y decretándose el sobreseimiento provisional de esas diligencias previas", finalizó.
Organización criminal bien definida
A raiz de a esas acciones de narcotráfico reflejadas en la investigación, y a la vista de su contenido, entiende la parte que se da por acreditada la existencia de una organización criminal por una serie de motivos.
Primero, por la estabilidad y permanencia de la misma. "En este caso la prolongación en el tiempo se infiere de que la investigación duró al menos desde febrero de 2018 hasta abril de 2019, lo cual es un año y cuatro meses". En segundo lugar, se aprecia una estructura organizada, en cuya "cúspide estaban los hermanos fugados y bajo sus ordenes actuaban el resto". "F.J.R.L. se encargaba de las reuniones en la Península y de las labores logísticas; C.S.P. era el piloto de embarcaciones, adquirió motores y contactó con proveedores en Marruecos gracias a su dominio del dariya; N.A.M. introducía petacas y organizaba reuniones con el resto de miembros y M.A.L. llevaba a cabo vigilancia y compra de garrafas de gasolina".
De lo anterior se desprende también que la componían pluralidad de personas y que tenía una finalidad delictiva: "Se dedicaban a avituallar narcolanchas y estaban dando el salto. Un delito contra la salud publica de extrema gravedad, agravado por la cantidad de droga transportada y por el empleo de las embarcaciones", subrayó el Ministerio Público.
Este también sostiene que estaban planificados y coordenadas y que pusieron elementos materiales al servicio de sus fines, como pueden ser varios barcos, vehículos, teléfonos satelitales, el Encrochat, raquetas para detectar GPS pegados a las lanchas, gasolina e inmuebles para guardar sus medios de transporte marino, véanse la nave que C.S.P. alquiló en un polígono o la que ocultaba una semirrígida en la finca malagueña de la familia.
Para terminar esta parte, apuntó el fiscal que el tipo de organización criminal es un delito autónomo que se sanciona separadamente de los los otros específicos que la agrupación pueda cometer, con penas independientes y acumulables. "Se puede condenar por organización criminal y por los otros delitos, y se puede condenar por organización criminal, como en este caso, sin haber sido condenado por otro ilícito penal. Esta punición busca sancionar no solo los actos delictivos individuales sino la pertenencia a organizaciones que facilitan y potencian la actividad criminal representando un riesgo mayor para la sociedad", aclaró el representante de la acusación.
La esposa del líder, conocedora de las actividades y simuladora de un falso divorcio
Una vez, y siempre según lo expuesto por el fiscal, "acreditada por tanto la existencia de una organización criminal cuya finalidad era cometer actos de tráfico de drogas y señalado un conjunto contundente de evidencias del delito contra la salud publica", se pasó a valorar los actos constituyentes de un supuesto blanqueo de capitales. Tras una explicación genérica sobre la actuación del conjunto de los implicados, que más tarde repetiría para zanjar, la parte se lanzó a detallar la participación individual, explicando por qué se interesa su condena.
Inició este recorrido por M.D.M.L.D., esposa de F.J.P.L., agente de la Policía Local de Ceuta y licenciada en Derecho. "Defendemos que para ocultar beneficios de actividades del narcotráfico realizadas por su marido, así como para poner los bienes a salvo de las responsabilidades legales en las que pudiera incurrir, de común acuerdo simularon un divorcio para traspasar a M.D.M.L.D. la gran mayoría de los bienes que el acusado había comprado con el producto del delito y moverlos así a la esfera patrimonial de la acusada", que, entiende, tenía "pleno conocimiento" de que el patrimonio procedía del narcontráfico.
Justifica que así sea en que entre ellos existió una relación prolongada desde los trece años de edad, lo que "facilita el conocimiento profundo de su cónyuge, sus actividades y estilo de vida". Asimismo, considera el representante de la acusación pública que la mujer "dispone de un conocimiento profesional del ámbito delictivo, dado que es policía local y ha desempeñado cierto tiempo labores en la calle". Esto le daría "un mayor entendimiento de las conductas ilegales", al igual del hecho de ser licenciada en derecho, "lo que le da más capacidad para comprender la naturaleza ilícita y el blanqueo que le propuso".
El resultado, "un desfase patrimonial evidente", que no cuadra para el fiscal con "la nómina de 1.300 euros de él y la de agente municipal de ella": "Tenían un nivel de vida superior al que les correspondía, financiado por ingresos del narcotráfico. Esto tuvo que resultar evidente para la acusada y debía estar al tanto de los ingresos adicionales que llegaban a su casa por esa vía", prosiguió la exposición.
A continuación expuso más motivos por los que M.D.M.L.D. no podría alegar desconocimiento. Principalmente porque en su vivienda "se encontraron elementos que lo vinculan a esta actividad, como un detector de balizas que se usa habitualmente para detectar medidas de rastreo, evidenciando medidas de protección contra las investigaciones policiales". También "una muestra de droga perfectamente plastificada, como las que se usan para probar la calidad".
Respecto a este último extremo, durante la vista, surgió una notable contradicción entre la mujer y los agentes. "Es lógico que alegue autoconsumo puesto que quiere que se descarte que nos hallemos ante una muestra de mercancía. Debe prevalecer el testimonio de los agentes cuya actuación goza de la presunción de legalidad y además no pueden faltar a la verdad como sí puede hacer ella", indicó el fiscal al Tribunal.
No es el único indicio encontrado en la vivienda y que debería haberle llamado la atención. "Dado que los agentes han acreditado y corroborado que las paredes de la casa presentaban agujeros presumiblemente empleados para ocultar dinero y durante la entrada y registro se encontró también una caja fuerte en el suelo, queda confirmando que existían métodos para ocultar los beneficios del narcotráfico", añadió.
A renglón seguido se explayaría largo y tendido sobre los motivos que le llevan a pensar que su separación de F.J.P.L. fue fingido. "Se divorció, entre comillas, cuando solo tenía 32 años, en un procedimiento de mutuo acuerdo que llama la atención, porque se incluyó la disolución de la sociedad de gananciales sin ningún tipo de conflictividad haciendo un reparto desigual y sin tasación pericial, contrario a la practica habitual en la que los cónyuges se pelean más por el patrimonio a repartir que por la custodia de los hijos", comenzó exponiendo.
Para él "ninguno de los efectos propios del divorcio se han dado y su comportamiento se ha alejado de todas las estipulaciones que se contiene el convenio regulador, por lo que podríamos hablar de que ha existido un divorcio de conveniencia." Esto, en base a que "no hubo ruptura, siguieron conviviendo, como así se desprende de las intervenciones telefónicas, en las que hablan de hacer pedidos de comida, mantienen discusiones de pareja porque F.J.P.L. ha salido de noche y no ha vuelto o reciben una llamada de madrugada en la que su hija informa que ha salido de fiesta, cogiendo el teléfono su padre, pasándoselo a su madre, que está durmiendo a su lado".
A esto le suma que tras la supuesta separación "se han realizado viajes a Marruecos, Málaga o Madrid según se desprende de la información de las navieras, y esto explica también las constantes idas y venidas de la acusada a Marruecos" en los últimos tiempos. "Allí se encuentra su marido fugado de la justicia desde hace cinco años".
M.D.M.L.D. resultó de hecho condenada semanas atrás de un delito de quebrantamiento de medida cautelar al ser pillada volviendo del Reino Alauita, a donde no debería haber cruzado al tener retirado el pasaporte a la espera de juicio. "Descartamos, como manifiesta la acusada, que en realidad el propósito fuera realizar actividades de derecho relacionadas con extranjería porque fue detenida un lunes a las siete de la mañana entrando a Ceuta en una motocicleta en compañía de su hijo menor sin portar equipaje ni carpeta de trabajo", explicó el fiscal, quien ve "evidente" que había ido a pasar el fin de semana con su marido a Marruecos y que venia a esa hora para llevar al pequeño al colegio. "Sigue existiendo una relación sentimental entre ellos", añadió.
Otra prueba esgrimida por el Ministerio Público es que en el registro de la vivienda en la que ambos residían se encontrara ropa de él en el vestidor de la habitación en la que supuestamente dormía ella. También el hecho de que "siguieran manteniendo una unidad económica propia de las personas casadas, existiendo una gran confusión patrimonial y participando cada uno de las rentas del otro, manteniendo cuentas bancarias conjuntas y abonando ella gastos no solo de su marido, sino de otros familiares de este, como cuotas sindicales, facturas o seguros". A esto, agregó que M.D.M.L.D. pidió tres años después del divorcio un préstamo bancario para que él adquiriera una nave en el Tarajal, siendo el verdadero beneficiario de dicho cuantía su marido.
Sin rastro de la pensión de alimentos que se había pactado en ninguno de los años desde 2011 hasta 2019, tampoco se actualizó esta respecto al IPC: "Resulta claro que no se estaba abonando porque no hacía falta", puntualizó el representante de la acusación.
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Seguidamente pasó al punto más discutido en la sala en los últimos días respecto de la supuesta separación de conveniencia, el reparto de los bienes "claramente beneficioso para la acusada". "En el momento del divorcio, con 32 años ella y 34 él, ya gozaban de un importante patrimonio". Este estaba compuesto de un gran chalé en Barriada Postigo, una vivienda en Edificio Pirámide, dos plazas de garaje, un trastero, una vivienda en Pasaje del Pilar, un chalé en Fuengirola -que se incluyó en el reparto aunque estaba a medias con la madre de F.J.P.L. -la también acusada A.L.R.- así como una nave en el polígono del Tarajal.
"Cómo es posible que a tan corta edad, con el salario de un operario de Obimasa y de una policía local hayan acumulado semejante patrimonio. Se vuelve más difícil de explicar si le añadimos la existencia de los demás bienes que se consignan. Una embarcación de recreo, una caravana, un BMW X5, un Mercedes GLX y una motocicleta Honda, debiendo añadir que tenían tres hijos con la carga que supone el sostenimiento de una familia numerosa", relató el fiscal durante sus conclusiones.
Los inmuebles, "mas valiosos y ya alquilados" a terceros pasan con el divorcio a la acusada, mientras todos los vehículos, "que son los bienes susceptibles de una rápida depreciación, que acarrean gastos de mantenimiento y que no generan beneficios de alquiler" se quedan para el marido. Además, este sigue abonando la hipoteca del Edificio Pirámide que ya no era suya.
Concluida la argumentación central sobre el divorcio, pasó a detallar "otra conducta habitual del blanqueo" en la que incurrió la pareja, "la tenencia de cantidades importantes de efectivo", que "permite explicar que gran parte de esos bienes inmuebles se hayan pagado en efectivo dando por confesado recibido buena cantidad de lo abonado por ellos". Son ejemplos de esto el chalé de Barriada Postigo, con 135.000 euros entregados en mano y de origen desconocido, la nave del Tarajal: 100.000 euros en metálico y pasaje Recreo, pagada íntegramente en mano. "No hay traza bancaria de la detracción de estas cantidades de cuenta", aseguró el Ministerio Fiscal.
En esa línea citó las múltiples imposiciones de efectivo, desde cajeros sin hacer constar concepto ni nombre del impositor llegando incluso a abonarse el préstamo de la vivienda de Fuengirola mediante ingresos de efectivo sin autor revelado a través de cajero, "lo cual tampoco ha sido desmentido ni por el propio perito de la parte". El escaso uso de las tarjetas de crédito en conceptos como alimentación, calzado, vestidos, ocio o viajes denota para la acusación que estas cuestiones "se pagaban con dinero en metálico".
No considera por contra el fiscal que el informe pericial presentado por M.D.M.L.D. contribuya a desmontar la tesis de que participó en el blanqueo por tres motivos.
Primero, porque "carece del rigor necesario para ser tenido en cuenta ya que sostiene que la acusada adquirió la carga del crédito de la nave del Tarajal de 60.000 euros, cuando la propia mujer confirmó en sede de instrucción que lo pidió ella porque no le iban a dar dicho crédito al marido pero que este se lo iba pagando cada mes. Así, a pesar de las propias declaraciones de su clienta, el perito computa esa carga en el reparto ganancial para alterar la desigualdad".
En segundo lugar, aprecia que el experto económico privado contratado por su defensa "infla los ingresos de M.D.M.L.D. incluyendo beneficios por ejercicio de la abogacía, habiendo reconocido ella misma que no la ha practicado y no habiendo recibos de ellos".
Por último, rechaza que el perito la quiera desligar de la cuenta que cootitularizaba con F.J.P.L. en la que constan numerosas imposiciones de efectivo en cajero de origen desconocido. "Se intenta desviar la atención diciendo que no operaba en ella y, lo cierto es que era una cuenta de la que era cootitular, por lo tanto no se le puede exonerar de responsabilidad por un bien que compartía y que nunca se molestó en cancelar o solicitar la titularidad exclusiva o única".
En resumen, para la fiscalía "estos indicios analizados en su conjunto no solo demuestran su conocimiento sino el disfrute y participación en el sostenimiento del nivel de vida que se derivaba de las actividades del narcotráfico por parte de la mujer", "quedando acreditada su participación" en un delito de blanqueo de capitales y en otro de organización criminal asociado al anterior por su "rol esencial" en la "ocultación y manejo de los bienes".
La empresaria de éxito que no trabajó
Terminada su exposición sobre la mujer de F.J.P.L., la argumentación del fiscal se dirigió hacia la madre de este, A.P.L., para la que se pide cárcel por blanquear e integrar una organización criminal para este fin: "Se ha intentado transmitir ante el Tribunal que su patrimonio se debe a toda una vida de trabajo y a acertadas inversiones presentando un pericial en el que se cifra el origen de dicho patrimonio precisamente en los años anteriores a la investigación de la Guardia Civil, situando cronológicamente el origen extramuros de ella. Si esto fuera así realmente, por qué no se han aportado las declaraciones tributarias anteriores a 2009 o documentos que acrediten la capacidad económica, como las cuentas de Lumansa y los resultados de las sociedades anteriores a 2009 con los que avalar esos 835.000 euros de los que se habla", cuestionó el fiscal, al que tampoco le cuadra este relato con la pensión que cobra la mujer. "¿Por qué, señorías, a pesar de esos trabajos y esos supuestos ingresos, la acusada cobra hoy una exigua pensión si le fue tan bien?", añadió a su lista de preguntas retóricas.
En su opinión, A.P.L. fue "plenamente conocedora de que sus hijos se dedicaban al narcotráfico y convino con aquellos en prestarse a hacer de testaferro para aparecer como titular de mercantiles, negocios, bienes inmuebles, vehículos y fondos dinerarios que pertenecían a los fugados como consecuencia de lo obtenido con esa actividad ilícita". Casualmente reside en la finca malagueña de la familia "donde sus hijos guardaban una lancha semirrígida junto a bolsas de plástico y máquinas envasadoras, elementos todos ellos relacionados con el tráfico de drogas".
Con este fin habría sido titular de la hamburguesería que el entramado tenía en Ceuta, "a pesar de residir en Málaga". "Los beneficios eran para F.J.P.L., que hacía también las funciones propias del negocio y a nombre de quien se encontraron las facturas durante el registro de dicho local". "Es la persona también contra la que el Ayuntamiento de Ceuta dirigió acciones de sanción urbanística y es la persona que llevaba dicho negocio según confirman las escuchas y un testigo".
La mujer, que no tenía carnet de conducir, titularizó "siete vehículos y cuatro motocicletas de gran cilindrada, recibió 638 transferencias de alto importe, la mayoría ingresos en efectivo realizados por F.J.P.L. y "no le constan empleos desde 2007".
Planteó como especialmente relevante la participación de la matriarca en la operativa de blanqueo a través de la sociedad Lumansa, con su hija P.P.L., respecto a la cual se ha suspendido el juicio por encontrarse gravemente enferma. Esta "entró a formar parte de sociedad aportando tres inmuebles que se valoraron en unos 150.000 euros. Por ellos recibió participaciones sociales que luego adquirieron sus hermanos por el ínfimo precio de 1.900 euros, causándole un grave perjuicio patrimonial, que solo se explica porque esos bienes inmuebles pertenecían a los dos fugados, recuperándolos con esta maniobra. Contribuyendo la acusada a encubrir el origen ilícito de estos inmuebles, le dieron apariencia licita solo pagando esas participaciones sociales por una cantidad que nada se correspondía", expuso el Ministerio Público a lo largo de sus conclusiones.
Este continuó explicando que, a pesar de sus "exiguos ingresos, careciendo de beneficios del trabajo, siendo ficticio su empleo en la hamburguesería" -que solo tenía el objetivo de contar en el futuro con una pensión- lo mismo que en el caso del negocio de venta de la nave del Tarajal, A.L.R. acumuló "deudas por valor de 318.000 euros, muy superiores a sus ingresos anuales y que se iban pagando mediante imposiciones de efectivo en sus cuentas, realizadas mayoritariamente por F.J.P.L. con fondos que solo podían provenir del narcotráfico, ya que su trabajo en Obimasa no le podía permitir hacer ese tipo de pagos".
Para encubrir ese origen ilícito, "realizó contratos de prenda (empeño) de joyas con los que justificaba la recepción de dinero, siendo dichos empeños cancelados posteriormente mediante imposición de efectivo metálico sin que conste trazabilidad del dinero. De esta forma habría blanqueado 47.580 euros".
Se evidencia para el fiscal una "notable confusión patrimonial entre ella y sus hijos", algo que sucede "con todos los acusados, dado que han formado un entramado familiar poniendo a otros cercanos como titulares para ocultar a los verdaderos propietarios". Entre los bienes incluidos por la acusación en este capítulo destacan inmuebles "como la nave del Tarajal o la finca de Málaga, negocios como la hamburguesería, sociedades, como Lumansa y Anrural o vehículos puestos a su nombre y disfrutados por sus hijos". A esto se añade el uso de efectivo, como los más de 12.000 euros hallados en el registro de su casa que, se entiende, proceden de las actividades delictivas de sus vástagos.
Volviendo a la pericial presentada por el profesional que contrató la defensa de A.L.R y la de su hija, A.P.L., el ministerio fiscal recordó que este alega que todo su patrimonio es previo al 2009 -hasta donde llega lo investigado por los agentes- y que esta siempre trabajaba con dinero en efectivo. "No hay constancia documental de lo que se afirma, basada en declaraciones tributarias o liquidación del impuesto de sociedades y no se corresponde esta actividad con su pensión. Sencillamente no ha trabajado", espetó la acusación.
Esta preguntó al perito en su comparecencia en sala sobre la ganadería, sobre imposiciones de efectivo y respecto a titularidad de algunos bienes. "Según él, obedecen a actos de liberalidad o donaciones encubiertas, no tratándose de actos de blanqueo de capitales. El perito solo reconoce infracciones tributarias que estarían prescritas dado que todos los ingresos son anteriores", recordó.
En conclusión, para el fiscal es evidente que "recurren siempre a personas de absoluta confianza para registrar los bienes a sus nombres, asegurando su recuperación futura sin complicaciones". "La mayoría de ellos carecen de empleo o actividad económica conocida o en caso de contar con ingresos, estos no son suficientes para justificar la adquisición de los bienes ni el grado de endeudamiento". Esto lleva a considerar que los fondos para adquirir estos activos por arte de A.L.R. provenían de las actividades ilícitas de sus hijos.
La joven que como testaferro titularizó hasta 75 caballos de pura raza española
Más o menos en la misma línea habló sobre la hermana pequeña de los dos supuestos cabecillas huídos, A.P.L, quien "colaboró poniendo bienes a su nombre adquiridos con el producto del narcotráfico", se considera, con conocimiento acreditado de esta realidad. Más que nada porque "era pareja de M.A.L., que colaboraba con sus hermanos en tareas de petaqueo, además de hacer labores de vigilancia", comentó el fiscal, recordando que en una grabación se hace mención a esta persona como auxiliar de vigilancia para una descarga.
La principal operativa de blanqueo que se le atribuye a la joven es figurar como titular de una ganadería de caballos de pura raza española. Y es que, según relato el representante público y en virtud de los datos aportados por la Real Asociación Nacional de Criadores de Caballos de Pura Raza Española, a fecha 19 de agosto de 2020, A.P.L. aparecía como propietaria de 75 equinos. Como ejemplo de su valor y de quien era a ojos del fiscal el verdadero dueño, puso como ejemplo la venta del ejemplar de nombre 'Zalamero'. Este generó "unos ingresos de 12.000 euros en varias transferencias realizadas en la cuenta de F.J.P.L.".
"Por parte de la defensa de ella se ha argumentado que la ganadería pertenece a su padre, ajeno al procedimiento. Aquí el afirmó que era su hija la verdadera dueña, que sus hijos no tenían ningún interés y que el fue el responsable de ir formando la ganadería. Que esto era una tradición familiar y que por eso lo puso a nombre de su hija. También declaró Antonio Navas Rodriguez que confirmó que pese a ser representante de A.P.L. ante al ANCE, solo la había visto un día y que esta no decidida ni gestionaba nada sobre la ganadería, confirmando que era una aparente titular y no tomaba decisiones", sostuvo en sus conclusiones la fiscalía, que pidió no tener en cuenta el testomonio de un trabajador de las cuadras al que la propia familia pagó el viaje a Ceuta para que hablara en el juicio.
Tampoco ve sostenible la declaración del padre de la acusada -y de los dos anteriormente mencionados- porque no se acredita que el hombre fuera titular de un solo caballo. "Existe un ingreso bancario en favor de F.J.P.L. por la venta de 'Zalamero'. No se ingresó ni en la del padre ni en la de la hermana. F.J.P.L., que además sí es un poseedor directo de caballos, mantenía uno en la Escuela Hípica de Ceuta cuyo valor fue estimado en 4.000 euros por el director de esa entidad. Él mismo confirmó que el mantenimiento mensual del animal, de 200 euros, era sufragado por F.J.P.L. contradiciendo la afirmación de su padre en virtud de la cual a sus hijos no les interesaban los caballos", abundó el fiscal, que citó tabién llamadas telfónicas en las que se le pedía que sus caballos inseminaran a otras yeguas, demostrando este un amplio conocimiento del mundillo.
Una teoría que concuerda con el hecho de que mantener a los animales conllevara unos "elevados gastos de mantenimiento, en concepto de piensos, herrajes, vacunación, desparasitación o veterinario, que no se corresponden con la situación de A.P.L. que comenzó a titularizar esos caballos siendo menor de edad y por tanto carecía de cualquier tipo de capacidad económica", como tampoco entiende que la tuviera su padre. "Esto indica que los verdaderos propietarios son los investigados huidos quienes tenían los fondos del narcotráfico para tal actividad", zanjó el fiscal, descartando lo dicho por los allegados de que se puso a su nombre por "tradición familiar". Frente a eso, la realidad económica, que los únicos ingresos declarados venían de dos tiendas de ropa y de pagos esporádicos de la hamburguesería del entramado.
Fuera ya de lo relacionado con los equinos, la fiscalía hizo mención a que durante el registro del domicilio que compartía la pareja se encontraron "numerosos bolsos de diferentes marcas -uno con un billete de 500 en su interior y 19.000 euros ocultos en un doble fondo del cajón del dormitorio, así como relojes de alta gama. Todo ello se almacenaba en la vivienda y, se defiende, "procede de la actividad delictiva de los acusados", no dando credibilidad a la explicación de la joven de que se trataba de la caja de la hamburguesería, dado que esa cantidad, según los pinchazos telefónicos correspondería a seis meses de beneficios del local: "Podríamos darlo por bueno si fuera la de dos o tres diás", sentenció el ministerio público.
El cuñado que compró un terreno a un narco marroquí
El siguiente paso en el recorrido de las conclusiones del fiscal le llevó directo al que por entonces era novio de la joven de los caballos, M.A.L. "Su conocimiento del origen ilícito del dinero es evidente y mucho más obvio que en el caso de su pareja, habida cuenta de que participa de la actividad del narcotráfico con sus cuñados y el resto de acusados. Él mismo desempeñaba personalmente labores de avituallamiento de narcolanchas mediante la aportación de garrafas de gasolina".
Así se desprende a criterio de la acusación pública de un pinchazo telefónico citado con anterioridad y de que en una sonorización de una embarcación aparezca supuestamente hablando con N.A.M. del dinero que les debe F.J.P.L. por trabajos de la órbita del tráfico de estupefacuentes. Además, "su propio hermano ha sido condenado por narcotráfico y él realizó una transferencia bancaria a favor de Mustapha Chairi (otro conocido del mundillo en Marruecos) para la compra de unos terrenos en el país vecino".
El fiscal pasó después a citar una serie de maniobras típicas del blanqueo en las que habría incurrido, como "la recepción y transferencia de un préstamo bancario de 28.000 euros". Un monto que fue solicitado por A.P.L. quien se lo remitió a él antes de que este lo derivara para la adquisición del terreno a Chairi.
También observa la acusación "depósitos en efectivo de origen desconocido, durante 2018 y 2019", habiendo recibido según sus cálculos 17.500 euros sin que se haya podido saber su procedencia, defendiéndose por la acusación pública que "dio apariencja lícita a dinero del narcotráfico susceptible de ser usado a través de su cuenta bancaria".
Siguiendo con movimientos monetarios, recibió "un préstamo ficticio de 32.400 euros a través de contrato privado, que F.J.P.L. le dio para completar el pago de los terrenos a Chairi". "Los agentes dicen que esto obedecía a estrechar vínculos con el narco marroquí y que pudiera contar con él para trabajos. No hay constancia de que se hayan devuelto las cuotas", alegó la fiscalía.
Esta puso en duda también la adquisición de un vehículo Audi Q5, que entiende adquirió con dinero supuestamente ganado con el tráfico de drogas dado que "el coste del vehñiculo excede lo que puede comprar una persona trabajadora en una tienda de moda".
En el domicilio que compartía con A.P.L. se encontaron además 19.500 euros en efectivo, relojes, entre ellos dos Rolex y un Breitling y teléfonos móviles y tarjetas SIM que según la acusación "habría usado en sus labores de vigilancia y para comunicarse con los restantes acusados".
El piloto al que Mohamed engañó y su mujer
Finalizada la exposición sobre M.A.L. el Ministerio Público pasó a exponer los motivos por los que interesa penas de prisión para el matrimonio integrado por C.S.P. y R.T.M. Al primero, el hombre, se le considera "pieza esencial dentro de la organización criminal, al ser la persona que pilotaba las embarcaciones que transportaban la droga, habiendo demostrado una gran pericia en esta labor". Además y tal y como se encargó de resaltar el fiscal, "se encuentra encartado a si mismo en diligencias del Juzgado de Vélez-Málaga, por el alquiler de una nave con tres narcolanchas". Asimismo, la embarcación comprada a otro conocido narco que estaba en la finca malagueña de la familia de los huídos y otros dos motores de fueraborda, llevar al negocio de su primo diciéndole que eran dos motos acuáticas, le pertenecían a él según la acusación.
"Vemos a todo punto increíble su explicación, dice que es engañado por una persona llamada Mohamed, de Marruecos, del que no puede aportar más señales identificativas. Que le engaña para contratar el alquiler de la nave donde se encontraron las semirrígidas y no contento con que le engañen una vez, le vuelve a engañar nuevamente, según él, porque le dice que va a recibir dos motos acuáticas y se reciben dos motores fuera borda de los que se usan en las operaciones del narcotrafico. La operativa a la hora de la recepción era hacer mas difícil el verdadero rastreo del destinatario, no quería que se supiera que los encargó él en Holanda", postuló el representante de la Fiscalía.
Este no se detuvo ahí y añadió a su historial cuando C.S.P. fue identificado por la Guardia Civil bajando de una barca en la playa de Estepona, se dice, después de auxiliar a una lancha en alta mar. "Se negó a ofrecer explicaciones a los agentes. Este hecho lo ha admitido parcialmente pero dice que se encontraba en un botecito y niega haberse abarloado", agregó a su relato la acusación.
Se refirió después a que la defensa del matrimonio busca justificar su tren de vida en los trabajos que este presuntamente realizó en el Reino Alauita: "Han intentado demostrar que fue operario de maquinas en Marruecos. No podemos estar de acuerdo porque no hay facturas, ni extractos, ni declaraciones de la renta. De ser cierto que esa actividad generaba tanto rendimiento económico lo lógico sería pensar que el señor C.S.P. hubiera continuado allí y no regresado. Volvió a España al fracasar su aventura empresarial, lugar donde todos sabemos que los trabajos se pagan mucho peor que en España. Se ha hablado de importes por balsas de agua o muros de piedra que no se corresponden. Al primo que engañó con los motores, le pregunté por dicho extremo y este contesto que a su primo 'ni le iba ni bien ni mal'".
Frente a la versión de la defensa, la del representante público, que piensa que como el intento de C.S.P. de hacer obras en el país vecino no tuvo resultados positivos, volvió a importar a España la maquinaria en 2016. "Desde entonces no le constan a el ni a su mujer ingresos ni por cuenta propia ni ajena, siendo los anteriores a esa época de escasa cuantía y las declaraciones de la renta de 2010 y de 2011 fueron negativas. Tampoco es plausible la explicación sobre la importación de ese bulldozer. Dijo que se lo hizo a un amigo suyo. Aqui es que es imposible que hagan nada a su nombre, esto no es mío, se lo hice a un amigo...", apostilló el fiscal, recordando que también dijo que la importanción de un BMW de Alemania y la decisión de ponerlo a nombre de su esposa, R.T.M., obedecía a hacerle un favor a otro colega.
Mientras, el matrimonio acumuló deudas que provocaron incoación de procedimientos ejecutivos por parte del Ayuntamiento de Pizarra y por varias entidades bancarias. "Sus cuentas se han nutrido de ingresos en efectivo en los que no consta origen ni impositor, ya que se usaban para satisfacer deudas previas".
Frente a esa realidad, la compra de numerosos veículos. En 2014 C.S.P. adquirió un Montero, y un Berlingo, en 2015 una motocicleta KTM y otro Montero. "Aunque fueron de segunda mano no se explica como pudieron ser adquiridos dada su precaria siuruacion económica, existiendo por tantos indicios de que los abono con fondos del narcotráfico", prosiguió el Ministerio Fiscal.
Desde 2012 también aparecen "fondos desconocidos en su cuenta" que siguen surgiendo en años posteriores y en 2016 se hace con un Tiguan "convenciendo a su suegra para que lo titularice". De este se abonaron "4.400 euros en metálico, no sabemos de dónde salen y el resto por giro postal enviado a la madre de R.T.M. cada mes". Esta mujer "es una persona de avanzada edad, sin permiso de conducir ni capacidad económica para la adquisición de dicho coche y con discapacidad".
Por ello, interpreta la fiscalía que "los verdaderos dueños son el acusado y su esposa, que además pagaban el seguro. Le daban el dinero de forma puntual por giro postal desde oficinas de Ceuta enviándolo a las de Pizarra y así comprándolo a través de la madre". Ella acudió a testificar contestando al letrado de su yerno "de forma puntual y concreta", sin embargo, cuendo fue preguntada por la otra parte "decía no acordarse por haber transcurrido mucho tiempo".
Con artes similares se puso a nombre de su hijo menor de edad "una motocicleta KTM" y se adquirió otra a la pareja de un hombre condenado por narcotráfico, como pasó con una embarcación. C.S.P. se hizo después con una tercera KTM y con una minimoto para su hijo pagada en efectivo. También puso a nombre de su suegra una scooter cuyo seguro abonaba A.L.R. y que conducía el hijo de A.D.P.L., a los que dijo prácticamente no conocer.
Continuando con las numerosas transacciones de vehículos, se compró un Fiat Panda a F.J.P.L, un BMW por 45.000 y un Audi Q5 que puso a nombre de su hijo menor y cuyo seguro se cobraba en la cuenta de A.L.R. También adquiere una embarcación fuera borda, lo que a pensamiento del fiscal "refuerza sus vinculaciones con las élites de narcotrafico y su relación con el resto de acusados".
"La situación económica que tenían no permite justificar el poder económico necesario para afrontar la compra de tantos vehículos, como para las obras de reforma y mejora de reforma en la casa familiar de Pizarra que abonaron en metálico y en especie porque el testigo dice que una parte fue en metálico y otra mediante la entrega de una KTM. A esto hay que añadir las imposiciones de efectivo por más de 13.000 euros para el pago de préstamo hipotecario cargados en cuenta el mismo día que llegaban los adeudos". En resumen, "rentas ocultas y ganancias no justificadas" proveniendtes de la "actividad delictiva".
El hamburguesero no suntuoso
Más miembros de la supuesta organización criminal orientada al narcotráfico, N.A.M., considerado plenamente integrado en el entramado dirigido por F.J.P.L. se encargaría de la vigilancia logística y de proporcionar petacas siguiendo siempre las instrucciones de sus jefes. "Es propietario de una embarcación que se uso para el transporte de hachís según admitió en una conversación grabada mediante sonorización", incidió la acusación durante sus conclusiones.
Hecho que a su juicio le liga con el movimiento de estupefacientes, como lo hace el hecho de que en su domicilio aparcieran varios móviles y tarjetas SIM. De estos trabajos habría obtenido importantes ganancias, dado que en 2010 cesó como soldado profesional y "no ha tenido trabajo estable ni permanente mas allá de sus funciones delictivas y de colaboraciones puntuales en la hamburguesería de cuyo sueldo tampoco se ha encontrado huella ni trazabilidad".
A pesar de ello y de conformar un hogar compuesto por esposa y dos hijos, "siendo deudor de tributos municipales y con un umbral de renta por debajo de la media nacional" afrontó la adquisición de diferentes bienes que, a ojos del Ministerio Público, "no se corresponden con su capacidad económica". Derivando estos realmente "de las actividades provenientes del narcotráfico".
"No se trata de bienes suntuosos ni de lujo, pero eso no lo exige el tipo penal, tal y como nos quiso decir uno de los peritos. Al igual que en el resto de acusados se observa tendencia voraz a la adquisición de vehículos o embarcaciones sin que existan huellas de pago en las cuentas, lo que indica la tenencia previa de dinero en metálico. Tampoco se registra en la cuenta bancaria que siempre tiene saldos ínfimos tampoco adeudos en suministros, ni compras de alimentación, debiendo satisfacerse los gastos corrientes en efectivo", amplió la Fiscalía.
En su exposición se detalló que a pesar de la situación precaria de N.A.M. y de su mujer -"no siendo creíble que su padre pueda mantener sus necesidades", como sostuvo el acusado- "abordó la compra en el año 2012 de una embarcación, en 2016 la de un Nissan Terrano y la de un Volkswagen, ambos usados. Al siguiente adquirió un Fiat 600 y una embarcación, constando en ese periodo en su cuenta bancaria imposiciones sin origen conocido por valor de 4.223 euros. Finalmente, en 2018, se afrontó la adquisición de un Volkswagen Touran y un barco que fue comprado a otra persona vinculada al narcotráfico".
No se cree el fiscal el otro argumento que da N.A.M., que relaciona las transacciones con vehículos y barcos con una actividad comercial de economía asumergida: "Nos viene a decir que esta costumbre de ir comprando continuamente vehículos y embarcaciones obedecía únicamente al propósito de darles un lavado de cara, como ellos dicen, una mano de pintura, arreglar algún defecto y venderlos a un mayor precio. Pero esto no es verdad porque detentan la posesión de estos bienes durante un tiempo suficiente para que esto no resulte económico, sin que conste la plusvalía supuestamente que reciben por el lavado de cara. No consta que habiendo comprado a mil lo hayan vendido a dos mil".
Siguiendo la lista, adquirió una moto Honda que "aunque aparece formalmente abonada por su padre y puesta a nombre de su hermana residente en Málaga, fue usada aquí en Ceuta, habitualmente por el propio acusado, que era el que pagaba a través de su propia cuenta bancaria el seguro de la misma, en una nueva demostración de que los acusados se servían de sus parientes para hacerlos aparecer como titulares", ilustró su Fiscalía durante sus conclusiones.
Finalmente, la acusación hizo constar que "a pesar de tratarse de bienes de segunda mano, en su mayoría exceden las posibilidades económicas del acusado". A esto hay que añadir las "imposiciones de efectivo, la escasez de uso de tarjetas y la falta de domiciliación de recibos" como elementos que hacen pensar que "disponía de dinero en metálico procedente del narcotráfico para poder sobrevivir y hacer frente a la compra de dichos bienes ocultando el origen ilícito".
El entramado, dentro del entramado, dentro del entramado
Para acabar con las explicaciones sobre por qué se piden las condenas de prisión a los acusados, el representante de la Fiscalía se explayó sobre un entramado familiar encuadrado dentro de la operativa de narcotráfico y de la de blanqueo general. Este tiene a la cabeza a F.J.R.L. al que se entiende vinculado a actividades de la órbita del tráfico de estupefacientes y lo complementan su mujer, C.M.V., los padres de esta, A.M.M. y D.V.O. y su tía, M.M.V.
"F.J.R.L. y su esposa C.M.V. nunca han estado de alta en la Seguridad Social, ni constan como cotizadores, así que tuvieron que acudir a ganancias del narcotráfico", introdujo el Ministerio Público. Tras la presunta integración de él "en la organización criminal de los hermanos fugados, este se dedicó a avituallar narcolanchas, comprar petacas y víveres, realizar labores de vigilancia, reunirse con los suministradores de la droga y viajar a Marruecos, Algeciras o Tarifa para perfeccionar los extremos del transporte de la sustancia, siendo una de las labores mas profusamente realizadas por el acusado". Esto se desprende en parte de las vigilancias operativas, en las que se le identificó en reuniones con personas de la esfera del movimiento de estupefacientes.
Y también de las sonorizaciones y pinchazos telefónicos, en los que frecuentemente, siempre según lo dicho por la acusación, hablaría con N.A.M. sobre, por ejemplo, "rescatar la embarcación de 'el tomate' o de ir a por garrafas, e incluso de que alguien les ha solicitado una goma", entre otras cuestiones, apelando a los miembros del grupo por sus apodos, como 'el cateto', 'el grande' o 'el gruñón', entre otros. Justo por estas charlas se argumenta que existía una jerarquía dentro de la banda, con N.A.M. localizando a la gente para verse por orden de F.R.J.L. una vez regresaba de reuniones en Algeciras con personas de otras organizaciones. Otro indicio de su vinculación, para el fiscal, es que en su casa aparecieran varias tarjetas SIM y más de 6.000 euros en efectivo.
Respecto al nivel de vida de la pareja que formaba con C.M.V. entiende la acusación que era "muy superior y no acorde a sus posibilidades de vida reales gracias a los fondos de las actividades ilícitas" . Así, tras comprar su primera vivienda en el año 2001 en el Polígono Vírgen de África, luego adquirieron otra en la Avenida Lisboa que constituye a día de hoy su domicilio habitual, siendo el arrendamiento de la primera "su única fuente de ingresos legítimos".
La acusación pública cree que fueron "conscientes de la necesidad de convertir las ganancias del narcotráfico en lícitas y puestos así de común acuerdo con los padres de la acusada adquirieron a traves de estos la vivienda de Avenida Lisboa por algo más de 150.000 euros". De ellos, 60.000 se declararon confesados recibidos en primera instancia, "sin que haya constancia ni rastro de esa cantidad en las cuentas bancarias de ninguno de los acusados". Motivo por el que se infiere que se trataba "de dinero en efectivo atesorado previamente por F.J.R.L. como consecuencia del tráfico de drogas".
El motivo que se presupone para que optaran por recurrir a los progenitores de C.M.V. es que "sabían que no obtendrían el préstamo del banco al carecer de medios de vida". Sin embargo, lo habrían logrado "valiéndose de sus suegros como deudores hipotecarios para financiar el resto de la compra". Esto es 90.151 euros, que luego "impusieron en efectivo en la cuenta vinculada al préstamo para atender las cuotas y los recibos de agua y luz. De forma que aunque parezca que el crédito lo pagaban los padres de ella, en realidad eran F.J.R.L. y su esposa quienes aportaban los fondos, obtenidos del narco".
Coincide que A.M.M. y D.V.O. aún se encontraban pagando la hipoteca de su vivienda en la que residen habitualmente en el Polígono. Además, tienen otra hija, por lo que según la mirada del fiscal, regalarle una casa a C.M.V. resultaría una suerte de "desigualdad de trato". A esto agrega el Ministerio Público una observación que considera relevante sobre la forma en la que procedieron. "Cuando (los suegros) abonaron íntegramente el préstamo de su vivienda, en el año 2018, sí solicitaron carta de pago y cancelación registral de la carga. Cosa que no corrió cuando se pagó definitivamente la de Avenida Lisboa en el 2016". Es decir, eliminaron dos años antes lo que restaba de la de su hija, que la suya propia, donde residían habitualmente: "No casa con la lógica", apuntó la Fiscalía.
Para su portavoz en la sala se trata de una "típica operativa de blanqueo maquillada bajo la apariencia de una cesión gratuita del uso del domicilio a la hija, con la finalidad de ayudarla debido a su precaria situación económica, siendo realmente esta vivienda comprada por los acusados F.J.R.L. y C.M.V.". En consecuencia, "los suegros prestaron su voluntad, consintieron la realizacion de tal maniobra, integrando dicho comportamiento un delito de blanqueo de capitales del nacotráfico. Puesto que careciendo de medios de vida su yerno y su hija, conocían el origen ilícito del dinero con el que se abonaban las cuotas". Mismo proceder que piensa la acusación pública se siguió con la compra de una plaza de garaje en el mismo edificio de Avenida Lisboa.
A mayores, pasó a hablar del patrimonio de la pareja. "La cuenta de C.M.V., porque F.J.R.L. ni siquiera tenía una, solo se nutría de imposiciones en efectivo". Además, constan "escasos usos de tarjetas de crédito", por lo que se presume que "los gastos de familia con padre y dos hijos se realizaban en metálico". También llama la atención que el importe de las becas de estudio que el Estado concedía a los niños -dada la aparentemente precaria situación económica de sus progenitores- nunca se tocara y "quedara ahorrada en sus cuentas".
Y es que, a pesar de que C.M.V., en virtud de las conclusiones del fiscal, solo trabajó, al menos de forma legítima y legal, "entre 2017 a 2019", esto no fue óbice "para comprar vehículos y barcos". La larga lista comienza el mismo año que el peritaje de la Guardia Civil, en 2009, cuando se obtuvo un Toyota Land Cruiser. En 2010 se sumó un Volskwagen Tiguan adquirido a través de la tía de C.M.V, la también acusada, M.M.V. Al año siguiente se adquirió una moto usada marca Honda y una Citroen Berlingo por 15.000 euros pagados en efectivo. En 2012 se compró un Mitsubishi Montero por 20.000 euros abonados en metálico y una moto náutica usada, también pagada en efectivo por 5.000 euros. Ese año también cayó una embarcación que ascendió a 8.000 euros pagados de la misma forma, en billetes, y un quad de segunda mano. Ya en 2015 consta la obtención de una moto KTM abonando 7.500 euros en metálico, además de un Audi A8 usado y en 2019 una Honda nueva por 3.400 euros: "La primera vez que se compra algo y hay trazabilidad bancaria con tarjeta", puntualizó el representante público.
Se detuvo este a explicar brevemente la adquisición de uno de los coches antes citados que ha llevado a la imputación de la tía de C.M.V., M.M.V.: "Demuestra claramente que M.M.V. participó activamente en colaboración con su sobrina y el marido de esta. Un vehículo nuevo, un Tiguan nuevo por 26.000 euros y comprado al contado que se realizó a nombre de M.M.V. que no tenía permiso de conducir". Por ello se considera que su titularización "fue meramente formal y destinada a ocultar la identidad del beneficiario, careciendo su sobrina y su esposo de oficio y beneficio, estos ingresos derivaban del narcotráfico", agregó la Fiscalía. Tesis que a su juicio encuentra más sustento en el hecho de que el seguro fuera abonado por F.J.R.L. "Es importante destacar que el marido de la acusada (M.M.V.) ya tenia un vehículo lo que hacía innecesario comprar un segundo vehículo de alta gama", abundó la acusación, que no ve en esto "coincidencias aisladas".
Indicios suficientes para condenar por blanqueo
Teminaron las explicaciones de la parte con una serie de precisiones sobre la naturaleza de uno de los tipos penales que imputa a la totalidad de acusados, el relacionado con el lavado de dinero. "En el delito de blanqueo normalmente se carece de una prueba directa, lo que exige demostrarlo a través de indicios. Inferir su existencia por razonamiento lógico y coherente, sin prueba directa por confusión. Un conjunto que lleva a una conclusión inequívoca, partiendo del análisis individual de los indicios y de una valoración conjunta, con lógica y razonabilidad, con exclusión de explicaciones alternativas", planteó.
En este caso, entiende el fiscal, que las justificaciones dadas no son plausibles y que hay un patrón común que todos los abogados de las defensas han "explotado a la saciedad" y que se "esperaba". "Todos los ingresos derivan según sus letrados de la economía sumergida, pero nunca del narcotráfico. Todos emplean a familiares para evitar procedimientos de ejecución y de sanción de apremio, todo son personas negociantes que compran y venden coches para sacarles plusvalías y un nuevo valor. Todos son personas muy trabajadoras, aunque no les costa empleo, oficio ni beneficio, pero todos son buscavidas, trabajadores, de un euro te sacan tres...La vida no es tan fácil. O sea, no se dan duros a cuatro pesetas y estas personas tal y como se desprende de las vigilancias vienen del narcotráfico".
Siguió argumentando el Ministerio Público que en el delito de blanqueo de capitales, además, la prueba indiciaria es "especialmente relevante" y por lo tanto el Tribunal "debe hacer especial hincapié en indicios como son la existencia de tasaciones financieras inusuales, compras en efectivo de bienes de alto valor, discrepancias patimoniales o uso de terceros". "Lo hemos visto hasta la saciedad. Aquí no hay ningún acusado que titularice algo que use. Son de su primo, de su hijo pequeño, menor de edad...", dijo.
"Adquisiciones siempre de terceras personas que no tienen capacidad económica o que teniéndola no tienen interés aparente en esos bienes. Incluso hemos encontrado personas que sin permiso de conducir motos de gran cilindrada la tienen a su nombre. Qué interés pueden tener en una KTM, en un Tiguan que se dice se usa para llevar a la suegra al médico cuando el coche se encuentra en Ceuta y ella reside en Málaga. No hay capacidad económica ni interés", reflexionó la acusación al término de sus conclusiones.
Para acabar, inisistió en que se ven "patrones de conducta que se dan de una forma repetida con una intención de disimular el origen de los fondos". En definitiva, entiende que "este acerbo probatorio contribuye a demostrar la connivencia entre los acusados. Entramados familiares puestos de acuerdo entre sí en los que aprovechándose de la especial confianza y vinculación que daban los lazos de sangre se ponían los bienes que se habían adquirido con el narcotráfico a nombre de esas personas para asegurar su rápida recuperación. Con oscurecimiento, moviendo el bien a través de distintas cuentas y titulares". "La prueba practicada ha sido suficiente para enervar la presunción de inocencia de los acusados e interesamos que se dicte una sentencia condenatoria", zanjó el Ministerio Fiscal
