jueves. 25.04.2024

Continúan las sentencias por usura tras el cambio de criterio del Tribunal Supremo

Tribunal Supremo/ Archivo
Tribunal Supremo/ Archivo
Hoy 3 de abril de 2023 se ha notificado Sentencia en la que declara la nulidad de una tarjeta emitida en 2012 por Citibank por usuraria y por ser absolutamente ilegible.
Ni tan siquiera la reciente Sentencia del Tribunal Supremo, en la que vuelve a echar un capote a la banca (hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea vuelva a corregirlo) ha podido salvar a Wizink, quien adquirió el negocio de Citibank.
Su Señoría estima la nulidad de la Demanda presentada por ALONSO HIECKE ABOGADOS, al estimar que el tipo de interés que aplicaron al contrato era desproporcionado. Hoy, además, ha adquirido firmeza otra Sentencia en la que además de declarar la nulidad por usurario de una tarjeta VISA CEPSA -POR QUE TU VUELVES- , se declaró la nulidad por no superar el control de incorporación dado que el contrato era absolutamente ilegible.
En ambos contratos no solo se cobró un tipo de interés elevadísimo, sino que, se aplicó una fórmula de cálculo de la amortización aún más perjudicial para los clientes que el propio tipo de interés, por el cual la deuda se convertía en perpetua, por lo que la deuda pasaría a los herederos tras el fallecimiento del cliente.
Los clientes recuperarán más de 13.000 euros en el primer caso, y en el segundo caso el prestamista cancelará 10.000 euros de deuda y el cliente recuperará 9.000 en efectivo.
A pesar de las miles de sentencias contrarias a los prestamistas, estas continúan aplicando sin escrúpulos estas condiciones que están arruinando a miles de españoles, viéndose obligados a pedir amparo a los Tribunales, ante el desinterés del Poder Ejecutivo.
Intereses desproporcionados, vencimientos perpetuos, contratos ilegibles, formulas de calculo de intereses incomprensibles son prácticas habituales por las entidades prestamistas.
En este sentido, recientemente nuestro despacho ha recibido un cuadro de amortización del préstamo de un cliente del despacho, de edad avanzada, que indica un vencimiento a 53 años, por lo que el cliente debería vivir más de 140 años para pagar la deuda.

Continúan las sentencias por usura tras el cambio de criterio del Tribunal Supremo