lunes. 29.04.2024

Vuelve el “impuesto del sol

Reloj de sol de Playa Benítez/ Juanjo Coronado
Reloj de sol de Playa Benítez/ Juanjo Coronado

Como en su día cantó Ricky Martin en su día se avanzó en el tema de la producción energética derogando el famoso Impuesto al Sol, del PP. Pero realmente hemos visto que una vez más nos ocultan otras informaciones más importantes como Puigdemont, Cataluña y que malos son los catalanes.

Cosas más importantes como por ejemplo:

-    IMPUESTO SOBRE EL VALOR DE LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA.

“Naturaleza y ámbito territorial del impuesto:

-    Es un tributo medioambiental, directo y real que grava la realización de las actividades de producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica, media en barras de central, a través de las instalaciones referidas en la Ley del Sector Eléctrico.

-    El impuesto se aplica en todo el territorio español, sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de concierto y convenio económico en vigor, respectivamente, en los Territorios del País Vasco, y en la Comunidad Foral de Navarra.”

“¿Qué constituye el hecho imponible del impuesto y quiénes ostentan la condición de contribuyente?

-    El hecho imponible está constituido por la producción e incorporación de electricidad, medida en barras de central, al sistema eléctrico de energía eléctrica (incluidos el sistema eléctrico peninsular y los territorios insulares y extra peninsulares).

-    La producción medida en barras de central se corresponde con la electricidad medida en bornes de alternador minorada en los consumos auxiliares en generación y en las pérdidas hasta el punto de conexión de la red.

-    Son contribuyentes las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria que realicen las actividades que configuran el hecho imponible. Se incluyen tanto las instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen ordinario como las instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología renovable, cogeneración o residuos.”

“¿Durante qué periodo se ha suspendido el impuesto?

De forma excepcional y transitoria, el impuesto se suspendió para el tercer y cuarto trimestre de 2021 y para los años 2022 y 2023. Esta medida ha supuesto que las retribuciones correspondientes a la electricidad incorporada al sistema durante el referido periodo de suspensión quedan exoneradas del impuesto.

Todo esto conlleva que durante todo este tiempo han interesado bastante las inversiones en fotovoltaica por que dependiendo también de la instalación, ha sido relativamente rentable y amortizable en el tiempo. Pero si en estos momentos se va a incrementar el coste en un impuesto a pagar durante toda la vida de generación de una energía fotovoltaica, entre 18 o 20 años o incluso 25 realizando un correcto mantenimiento lo que conlleva una inversión también en él.

Si ya se estaba viendo en nuestra ciudad que realmente no arrancaba, ni la eficiencia energética en los edificios, ni la consiguiente inversión en energías renovables una vez adecuados los edificios. Menos lo vamos a ver ya, debido a este retorno del “impuesto del sol”. Llamémosle como le llamemos.

...Realmente; ¿Habremos llegado tarde?... como siempre.

Secretario de Eficiencia Energética y Energías Renovables Podemos Ceuta
Jaume Piñol
 

Vuelve el “impuesto del sol