La gestión de Manuel González en RTVCE sigue coleando: ¿penúltimo? juicio visto para sentencia
Dos de las tres trabajadoras que fueron encadenando contratos sin estar en la Bolsa de Trabajo durante la gerencia de Manuel González reclaman que se excedió el máximo temporal que marca la Ley y reclaman quedarse como indefinidas en el ente público
La gestión de los recursos humanos realizada por el ex gerente de RTVCE, Manuel González, sigue todavía dirimiéndose en los juzgados más de un año después de su salida de la direccion de la televisión pública. Este martes el Juzgado de Lo Social de Ceuta ha celebrado un nuevo juicio por las polémicas contrataciones en régimen de interinidad que lanzó en la primavera de 2023, a pesar de la advertencia realizada desde el PSOE en su día sobre las mismas. Pero con un giro de guión, no se sabe si previsible o inesperado, dado que en este caso las denunciantes son dos de las tres periodistas que se vieron aupadas a una interinidad por delante del resto de periodistas que sí estaban en la Bolsa de Trabajo. Reclaman al ente público que sus concatenación de contratos temporales -la interinidad incluida- incurrieron en fraude de Ley y por tanto esperan que la Justicia las declare indefinidas. Con el coste añadido que ello conllevaría para las arcas públicas.
Y más aún, si en su día de manera sobreentendida se las señalaba como beneficiadas por el ex director gerente, Manuel González, en los anteriores juicios que acabaron en condenas que obligaron a la televisión pública a costear unos 50.000 euros en indemnizaciones, ahora volverían a beneficiarse de aquella, como poco, controvertida gestión al ser declaradas indefinidas.
Es algo complejo de entender, pero de manera muy resumida la historia sería: Manuel González contrata a tres personas al margen de la bolsa de trabajo vigente, en teoría apoyándose en el SEPE -tampoco es del todo cierto-. Y las aupa en la duración de esos contratos por delante de los profesionales que sí figuraban en la bolsa de trabajo de redactor-presentador para esas funciones. Éstos periodistas denuncian la situación y obtienen en la mayoría de casos sentencias favorables. Se les saltó y se les perjudicó. ¿Quienes salieron beneficiadas de ese perjuicio? Se puede deducir. Ahora denuncian que sus contratos concatenados superan el tiempo máximo legal establecido y deben ser consideras indefinidas. La Justicia tiene la última palabra.
En la vista oral celebrada este martes sólo ha comparecido el actual director gerente del ente público, Gonzalo Testa. Lo ha hecho para contestar a las preguntas que le han ido formulando el abogado de la acusación, su letrado y la propia magistrada para aclarar algunos extremos de esos contratos. La defensa de RTVCE trata de evitar que se declare ese fraude de Ley en los contratos y que las dos periodistas pasen a la condición de indefinidas. Con el costo sobrevenido para las arcas de la tele que añadiría a los 50.000 euros en indemnización ya condenados un extra a la gestión de Manuel González.
Más allá de si RTVCE, bajo la gerencia de Manuel González incurrió en hacer contrataciones que pudieran suponer un fraude de ley por superar el tiempo máximo legal para contratos temporales -lo único que realmente se dirime en este juicio- y más allá del argumentario jurídico está el contexto de esas contrataciones y a todo lo que dieron pie.
Irregularidades en la contratación y condenas judiciales
Y es que cuando en la primavera de 2023, la Dirección Gerencia entonces regentada por Manuel González decide apostar por hacer tres interinidades que recayeron sobre tres periodistas que no estaban en la bolsa de trabajo de la categoría de redactor-presentador, el resto de compañeros que sí estaban en esa bolsa entendieron vulnerados sus derechos y se sucedieron las demandas en el juzgado.
Esos juicios ya se dirimieron y la gestión de Manuel González acabó con sucesivas condenas que obligaron a RTVCE a abonar alrededor de 50.000 euros en sucesivas indemnizaciones por vulnerar los derechos de las periodistas en la Bolsa de Trabajo. E incluso, en una de las sentencias que sí dio la razón a RTVCE y considero que en dos casos concretos no se había demostrado que los derechos de las periodistas de la Bolsa se habían vulnerado, la jueza constató en su sentencia que las contrataciones de al menos una de esas tres periodistas se había realizado de forma contraria a la legalidad.
Se saltó la Bolsa
En otros casos sí quedó acreditado que la cadena y la dirección de Manuel González se habían saltado la bolsa de trabajo, evitando así llamar a candidatos que les correspondía en derecho reforzar la plantilla o hacer sustituciones. ¿A quién se llamaba? A quienes hoy denuncian. En Lo Social no se dirimía entonces, ni hoy tampoco, nada más. Pero la deducción es fácil, alcanza con preguntarse ¿quién salió ganando con la vulneración de los derechos del resto de profesionales que sí estaban en la Bolsa?
Esa vulneración es la que permitió, entre otras cosas, encadenar contratos a las dos denunciantes cuyo caso ha visto el Juzgado este martes. “24 de los últimos 30 meses”, trabajados según repasó en sus conducciones el abogado de la acusación.
Y ante ese tiempo de permanencia con contrataciones “temporales” se entiende que se habría excedido lo que marca la legalidad y que esos contratos en realidad deben considerarse indefinidos. No opina igual el abogado de RTVCE.
Contratos de interinidad
En ese contexto, el actual gerente ha contestado a preguntas que trataban de indagar en sí las contrataciones y la concatenación de las mismas respondía a necesidades puntuales y temporales o eran de carácter estructural.
Y aquí es donde juega un papel nuclear en la historia los contratos de interinidad realizados en la primavera de 2023. Esos contratos, que se habrían realizado con el visto bueno de dos de los representantes sindicales de la empresa, se habrían firmado por una duración que establecía que la relación laboral cesaría en el momento que las plazas a concurso por el turno libre -ya estaba en marcha el proceso- se cubrieran. Y se hacían precisamente para tratar de dar estabilidad y ajustarse a la legislación establecida en la última Reforma Laboral que perseguía como objetivo limitar la temporalidad en general, y en particular en la Administración Pública, según ha defendido Testa.
“Por lo que a mí me han contado se opta por un contrato de interinidad por vacante para dar continuidad porque era una relación estable no temporal”, ha explicado el actual gerente.
Opiniones opuestas
En esa línea ha sostenido el abogado del ente público en las conclusiones que de cara al cómputo de esa temporalidad, para dirimir si se había excedido o no el tiempo máximo que permite la Ley concatenar contratos temporales, la interinidad no se cuenta, tal y como ha establecido diversa jurisprudencia. Por tanto no habrían excedido esos tiempos máximos que supondría que sus contratos temporales se habían hecho en fraude de Ley.
Testa ha explicado que muchos de esos contratos se realizaban por circunstancias de la producción: elecciones (se sucedieron precisamente dos comicios en 2023, las Autonómicas de mayo y las sorpresivas Generales de julio), periodos como Semana Santa o el inicio de la temporada en septiembre, donde suele darse cierta carga extra de trabajo.
El truco de dividir categorias
La jueza ha preguntado por las diferencias entre los puestos de redactor y redactor-presentador. Otra de las cuestiones que trufan todo lo sucedido en materia de contratación en RTVCE en los últimos años. En 2022, también con la aquiescencia de la representación sindical en la que uno de los tres delegados de la plantilla correspondía entonces al que es hermano del ex gerente, Manuel González, se modificó el organigrama de puestos del ente y se distinguió la función existente hasta la fecha de redactor-presentador de la del redactor a secas. La diferencia estaría en que el primero tendría capacidad para conducir delante de la cámara un programa y el segundo, no.
Con ese cambio en la categoría se jugó también a la hora de realizar las contrataciones. La bolsa vigente era de redactor-presentador. Y para la nueva categoría de redactor, no había aún bolsa. Lo que abría la puerta a realizar contrataciones para esa categoría sin que nadie pudiera considerar que se estaba dejando de lado a los profesionales que sí estaban en bolsa. En las anteriores sentencias condenatorias a esta circunstancia no se la había dado demasiada importancia, y al final el Juzgado acabó considerando que se había saltado la bolsa por parte de la gestión de RTVCE de Manuel González.
Al infógrafo lo sustituyo una periodista
Pero, y esto quizás lo más curioso, uno de los contratos temporales por fuera de las bolsas de trabajo realizados a una de las dos denunciantes de este martes no fue para cubrir las funciones de redactor ni de redactor presentador sino para la sustitución de la baja de uno de los dos infógrafos. Pura ingeniería laboral por parte de Manuel González.
Ese hecho ha suscitado algunas preguntas en la vista oral de este martes, también de la magistrada. Testa ha explicado que “ante una plantilla corta” los infógrafos en RTVCE vienen realizando además de su función natural de “rotulación” labores para subir a la web de la cadena las diferentes noticias que se van produciendo.
El abogado de la acusación no ha aportado, al menos en la vista oral, prueba alguna de que su defendida hubiera realizado funciones diferentes a esa, la de subir noticias a la web de la cadena pública.
Es decir, “se sustituye a un infógrafo con un redactor presentador para subir noticias a la web además de las funciones de infografía”, ha reseñado el abogado de la acusación.
Se pagaban pluses para hacer esa función
Y aquí se da otra circunstancia fuera del contexto del juicio pero dentro del contexto de la polémica gestión de Manuel González: Entre los pluses cuestionados -hasta el presidente del Consejo de Administración acabó dando instrucciones para entre cortarlos, limitarlos y justificarlos mejor- que se venía pagando a gran parte de la plantilla en aquella época figuraban conceptos precisamente por esa labor de subir noticias a la web de RTVCE.
El abogado del ente público ha defendido en sus conclusiones que todos los contratos se realizaron con un límite temporal claro y conciso y con funciones también precisadas por lo que no se habría incurrido en ese fraude de Ley. No lo ve así el abogado de la acusación que considera que en todos los contratos, también en el de la sustitución del infógrafo “el desempeño de las funciones siempre ha sido el mismo, el de redactora-presentadora o redactora” y por tanto el “encadenamiento de contratos ha superado los límites temporales que establece la Ley”. Esos 24 meses trabajados de los últimos 30.
Considera la acusación además que “falta justificación de la causa temporal” de esos contratos encadenados y que incluso “se han realizado funciones distintas de las que indica el fraude de Ley. La relación debe ser declarada indefinida”.
Concurso para cubrir las plazas
Otro dato de contexto fuera del ámbito judicial que se dirimió en su vista oral este martes. Ambas denunciantes concurrieron al concurso para la cobertura de tres plazas de periodista. No lograron quedar entre los tres primeros puestos y pasaron a engrosar la bolas de trabajo. Una de las preocupaciones de quienes denunciaron en su día, ganando en algunos casos, su discriminación por estos contratos a pesar de estar en la Bolsa era precisamente que se les privaba de sumar puntos por experiencia, mientras estas compañeras sí los acumulaban.
Visiones opuestas en las conclusiones de las partes, como cabe esperar en cualquier juicio, que tendrá que dirimir ahora la magistrada de Lo Social. Otra cosa distinta es lo que pueda pensar la opinión pública de esta gestión de lo público y el resto de compañeros de RTVCE que acabaron siendo afectados por estas decisiones.
Parece que el de este martes será el penúltimo, porque una de las dos trabajadoras ha denunciado también la nulidad de su despido cuando era interina y ese juicio está previsto que se celebre en noviembre