Las dos primeras demandas contra Radio Televisión Ceuta (RTVCE) han caído del lado de la cadena, al entender la jueza -por varios motivos- que el ente no vulneró los derechos fundamentales de indemnidad e igualdad de los trabajadores. Defendían los dos primeros denunciantes que se les había saltado en la bolsa de trabajo, pero, por contra, la magistrada aprecia que cuando se produjeron contrataciones estos ya habían llegado al máximo anual de días trabajados como interino que permite el acuerdo de la compañía; ya estaban contratados en el momento de la nueva incorporación o rechazaron los llamamientos que se les hicieron. Sin embargo, si considera la jueza que la empresa actuó de forma "ilícita" en una de las relaciones contractuales realizadas, saltándose la bolsa e incumpliendo por tanto "las bases reguladoras".
Las sentencias, a las que ha tenido acceso a este medio, dejan a las claras que lo que se ha acabado por valorar en el caso es la prueba documental y no los testimonios de los representantes sindicales y el por entonces gerente, José Manuel González Navarro. De sus interrogatorios en sala dice la autoridad judicial no pudieron ser "más contradictorios".
La lista de contratos en duda era larga y el argumento de la acusación se basaba en que ambos denunciantes habían sido saltados a pesar de los puntos que tenían en la bolsa de trabajo. En algunas ocasiones y en virtud de un acuerdo de la mesa negociadora se habría llamado a personas inscritas como demandante de empleo en el SEPE.
La jueza argumenta contrato por contrato y considera que en la mayoría de casos los dos denunciantes habían llegado o superado a los 180 días trabajados. Límite que establece la normativa de la cadena para los interinos incorporados de la bolsa. En otras ocasiones, cuando se hicieron nuevas contrataciones los dos interesados ya se habrían encontrado trabajando en la empresa o incluso habrían rechazado el ofrecimiento.
Eso sí, la jueza tiene claro que RTVCE realizó una vinculación laboral de forma irregular en abril de 2023: "Dicho contrato se celebró vulnerando las normas que rigen las bolsas de contratación temporal y también se hizo vulnerando el acuerdo suscrito por la Mesa Negociadora el 22 de febrero de 2021, toda vez que éste se celebró teniendo candidatos de la bolsa disponibles", argumenta la magistrada en ambas sentencias.
Claro, en esa ocasión uno de los denunciantes "no podía ser llamado por superar los 180 días" y la representación de la otra no aportó indicios claros que puedan llevar a pensar que fueron vulnerados sus derechos de indemnidad e igualdad según el tribunal.
