viernes. 19.04.2024
CONSEJO DE MINISTROS

Aprobado el Reglamento de Ordenación de la Navegación Marítima: mejora la seguridad y la protección del medio ambiente

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para modernizar y simplificar los trámites del régimen de despacho, fondeo de buques y embarque y desembarque de tripulaciones. El nuevo reglamento establece que los buques con mercancías peligrosas o averiados necesiten disponer de una autorización expresa para acceder a los espacios marítimos españoles. Se regula así la autorización de entrada y de estancia de buques y embarcaciones en aguas españolas y las operaciones fuera de las aguas del puerto.

Este lunes se ha dado luz verde al nuevo reglamento / Gobierno de España
Este lunes se ha dado luz verde al nuevo reglamento / Gobierno de España

El Consejo de Ministros, en su reunión de hoy, ha aprobado un Real Decreto que da luz verde al Reglamento de Ordenación de la Navegación (RON) para modernizar el régimen de la navegación de los buques que transitan por los espacios marítimos en los que España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción. El reglamento ha sido elaborado por la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM), perteneciente al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma).

El RON tiene como objetivo prioritario mejorar la seguridad marítima y la protección del medio ambiente y simplificar la burocracia mediante el uso de aplicaciones electrónicas que facilitan los trámites exigidos a las navieras para realizar su actividad en el mar.

Como novedad, se regula la autorización de entrada y estancia de buques y embarcaciones en los espacios marítimos españoles y las operaciones fuera de límite, lo que implica que los buques que transporten mercancías peligrosas o representen un peligro potencial (estén averiados, soliciten asistencia o refugio) necesitarán una autorización expresa para navegar por nuestras aguas.

Las Capitanías Marítimas, dependientes de la DGMM, podrán adoptar medidas para prevenir los riesgos que puedan representar este tipo de buques y expulsarlos de los espacios marítimos españoles en determinadas circunstancias.

También introduce mejoras en los trámites que tienen que realizar las armadoras a la hora de solicitar el despacho y el enrole y desenrole de las tripulaciones. Con el nuevo Reglamento y con carácter general, se concede el despacho del buque -necesario antes de emprender una travesía- y la autorización de embarque y desembarque de la tripulación mediante una declaración responsable y la presentación de la documentación por parte del armador, aunque la Administración marítima tendrá después que supervisarlo.

Esta norma abre el camino de otras reformas ya iniciadas para simplificar las medidas establecidas en la regulación reglamentaria de la Marina Mercante española, lo que favorecerá una mayor seguridad jurídica tanto para la propia Administración como para los navieros españoles.

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