La Comisión Europea ha confirmado que el Gobierno de España no comunicó a Bruselas, tal y como exige la legislación comunitaria, la normativa que establece la obligatoriedad de la baliza V16 conectada. Así consta en la respuesta a una pregunta parlamentaria formulada por la vicepresidenta del Grupo del Partido Popular Europeo -PPE-, Dolors Montserrat.
En su respuesta, la Comisión advierte además de que este tipo de requisitos técnicos nacionales puede afectar al mercado interior, al señalar que la imposición de especificaciones técnicas propias “puede constituir una medida de efecto equivalente a una restricción del comercio”. La falta de notificación, subraya el Ejecutivo comunitario, puede acarrear consecuencias jurídicas relevantes e incluso llegar a cuestionar la aplicación de la obligación actualmente en vigor.
La contestación parlamentaria, firmada por el vicepresidente ejecutivo Stéphane Séjourné en nombre de la Comisión Europea, afirma de forma expresa que los Reales Decretos españoles que regulan la obligatoriedad de la baliza V16 “no han sido notificados con arreglo al procedimiento de la Directiva (UE) 2015/1535”, si bien recuerda que corresponde a los Estados miembros evaluar si sus proyectos normativos están sujetos a dicha obligación de notificación.
Riesgo de procedimiento de infracción
La normativa europea obliga a los Estados miembros a notificar a la Comisión cualquier proyecto de reglamento técnico antes de su adopción, con el objetivo de prevenir obstáculos al mercado interior y garantizar su compatibilidad con el Derecho de la Unión. En este sentido, la Comisión recuerda que, si no se cumple esta obligación, puede iniciar un procedimiento formal de infracción contra el Estado miembro afectado en virtud del artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Asimismo, el Ejecutivo comunitario subraya las implicaciones jurídicas derivadas de esta situación y recuerda la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, según la cual los órganos jurisdiccionales nacionales deben abstenerse de aplicar reglamentos técnicos que no hayan sido notificados conforme a la Directiva -UE- 2015/1535.
Posible impacto en el mercado interior
La Comisión Europea señala también que el uso de dispositivos de señalización de peligro no está armonizado a nivel de la Unión Europea, por lo que se rige por las normas nacionales de tráfico de cada Estado miembro. No obstante, advierte de que la imposición de requisitos técnicos específicos a nivel nacional puede constituir una restricción al comercio en el mercado interior, de acuerdo con el artículo 34 del Tratado de Funcionamiento de la UE.
En estos casos, añade, las autoridades nacionales deben justificar dichas restricciones conforme al artículo 36 del Tratado o sobre la base de los requisitos obligatorios desarrollados por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, un principio ya consolidado en el Derecho comunitario.
Reacciones de Dolors Montserrat
Tras conocer la respuesta de la Comisión, Dolors Montserrat ha subrayado que el propio Ejecutivo europeo recuerda que los tribunales nacionales deben abstenerse de aplicar reglamentos técnicos no notificados, lo que, a su juicio, confirma la inseguridad jurídica generada para millones de conductores y para el conjunto del sector afectado.
La eurodiputada ha advertido de que imponer un dispositivo obligatorio con requisitos técnicos específicos sin cumplir los procedimientos europeos “pone en riesgo la seguridad jurídica, la libre competencia y la confianza en las instituciones”. Asimismo, ha destacado que la Comisión Europea alerta de que este tipo de medidas puede suponer una restricción del mercado interior, uno de los principios fundamentales de la Unión.
Montserrat ha lamentado que el Gobierno de Pedro Sánchez actúe “al margen del consenso europeo” y ha reclamado al Ejecutivo español que aclare de forma inmediata esta situación, garantice el pleno respeto al Derecho de la Unión Europea y actúe con transparencia y responsabilidad.



