martes. 30.04.2024
SINDICAL

CSIF critica "la falta de liderazgo del Gobierno" en la solución de la temporalidad en las Administraciones Públicas

 La publicación del Real Decreto Ley 5/2023 ha generado controversia debido a su falta de obligatoriedad para las Administraciones Públicas en la convocatoria de una tasa adicional de plazas para estabilizar el empleo temporal. Además, se plantean dificultades para cuantificar las plazas y se cuestiona la falta de uniformidad en la aplicación de la Ley 20/2021. CSIF advierte sobre la falta de liderazgo del Gobierno en la solución de la temporalidad en las Administraciones Públicas y espera una respuesta del Tribunal Constitucional.

Iván Ramos y Ricardo Martínez en la sede de CSIF / Archivo
Iván Ramos y Ricardo Martínez en la sede de CSIF / África González

El pasado 29 de junio, el BOE publicó el Real Decreto Ley 5/2023, el cual regula en su artículo 217 la autorización de una tasa adicional de plazas para la convocatoria de un tercer y último proceso de estabilización del empleo temporal en las Administraciones Públicas. Sin embargo, esta norma ha generado controversia debido a su falta de obligatoriedad para las distintas administraciones, lo que podría generar situaciones desiguales entre ellas.

Una de las principales dificultades que presenta esta regulación es la cuantificación de las plazas que deben ser incluidas en esta tasa adicional. En muchos casos, el personal interino ya ha superado procesos selectivos, lo cual dificulta determinar cuáles plazas deben ser incluidas en esta convocatoria.

El objetivo de esta norma es permitir que el personal interino con una relación temporal anterior al 1 de enero de 2016, y que no haya superado un proceso selectivo distinto al de concurso de méritos, pueda participar en un nuevo proceso de estabilización mediante dicho sistema selectivo. Sin embargo, se plantea la posibilidad de que, incluso en el caso de que las Administraciones hagan uso de esta tasa adicional y realicen procesos selectivos de concurso de méritos, aún exista personal interino que no logre obtener la estabilidad en la administración.

El sindicato CSIF ya había advertido previamente que la Ley 20/2021 no ofrecía una solución adecuada a los procesos selectivos ya convocados, lo que ha llevado a la falta de uniformidad en su aplicación, tal como el Gobierno argumenta ahora para justificar la publicación de este nuevo proceso de estabilización. CSIF considera que esta falta de uniformidad era previsible, ya que la propia Ley 20/2021 permitía que las plazas no cubiertas en esos procesos selectivos se desarrollaran mediante el sistema selectivo de concurso-oposición.

Una vez más, el Gobierno evidencia su "falta de liderazgo frente al problema endémico de la temporalidad en las Administraciones Públicas. La publicación de esta nueva norma demuestra que la Ley 20/2021 carece de una regulación más estricta para abordar adecuadamente todas las casuísticas y poner fin al abuso en la contratación temporal" señala el sindicato..

CSIF espera que el Tribunal Constitucional determine que este nuevo proceso selectivo de concurso de méritos se ajusta a los requisitos excepcionales establecidos y entienda que se trata de una ampliación de lo regulado en la Ley 20/2021, por lo que consideraría esta excepcionalidad como una medida única.

CSIF asegura que "estará atento y exigirá a las distintas Administraciones que convoquen las ofertas de empleo público antes del 31 de diciembre, incluyendo esta tasa adicional, y que los procesos selectivos se resuelvan dentro del plazo establecido".

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