jueves. 28.03.2024

​En este enlace es posible acceder a la edición extraordinaria del Boletín Oficial de la Ciudad (BOCCE) en la que se han publicado la  bases reguladoras de la concesión directa de subvenciones para la rehabilitación de edificios residenciales (que estén o hayan estado sujeto a algún régimen de protección pública) en la Ciudad Autónoma de Ceuta, que fue aprobada el pasado viernes por el Consejo de Gobierno.

Se trata de subvenciones directas, no por concurrencia competitiva, y para las que se ha dispuesto un crédito inicial cercano a los 3,2 millones de euros. El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará a partir de mañana miércoles y permanecerá abierto, de forma continuada y permanente, hasta agotar la consignación presupuestaria existente. 

En el caso de que el importe global destinado a estas ayudas fuera ampliado, se procedería a la apertura nuevamente del plazo de solicitud de las ayudas, ya que el objetivo del Gobierno de la Ciudad es que ninguna comunidad de propietario susceptible de recibir esta subvención quede excluida por falta de crédito presupuestario.

Se podrán subvencionar actuaciones de conservación (azoteas, cubiertas, saneamiento, fachadas, etc), instalación o renovación de elementos como ascensores, rampas, dispositivos electrónicos (porterillos), y carpintería, acristalamiento, elementos de iluminación, sistemas de ahorro de agua y todas aquellas actuaciones que mejoren la eficiencia energética del inmueble.

Se beneficiarán de estas ayudas las comunidades de propietarios que lo soliciten en las que al menos el 50% de sus vecinos tengan ingresos inferiores a 5,5 veces el IPREM y que no hayan obtenido una ayuda de rehabilitación en los tres años anteriores. La cuantía de la ayuda podrá alcanzar hasta un máximo de 20.000 € por vivienda.

La cifra señalada podrá incrementarse un 25%, es decir, hasta 25.000 euros por vivienda, siempre y cuando se acometan los tres tipos de actuaciones -de accesibilidad, de eficiencia energética, y de conservación- conjuntamente.

No obstante, cuando los ingresos de la unidad de convivencia ponderados de las personas propietarias de, al menos, la mitad de las viviendas que componen el edificio sean inferiores a 3,5 veces el IPREM, se podrá alcanzar hasta el 100% de los gastos subvencionables.

Publicadas las bases reguladoras de las subvenciones para la rehabilitación de...