miércoles. 08.05.2024

El Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) ha publicado en su edición ordinaria correspondiente a este viernes, 1 de diciembre, el listado provisional de beneficiarios de las Ayudas al Alquiler que se enmarcan en el Plan de Vivienda 2022/2025. Un procedimiento que fue iniciado mediante acuerdo del Consejo de Gobierno en octubre del pasado año y en el que este viernes ve la luz un primer listado provisional.

A partir de ahora, concretamente desde mañana, se abre un periodo en el que los interesados podrán presentar alegaciones a este listado que se puede consultar en ESTE ENLACE.

Dentro del propósito general de este Plan Vivienda hay planteadas unas ayudas al alquiler de vivienda que pueden llegar hasta el 50 por ciento de la cuota de alquiler para las personas arrendatarias en los que la propia unidad de convivencia tenga unos ingresos inferiores a 3 veces el IPREM. Hay algunos supuestos donde este umbral sube:

  • Es de 4 veces el IPREM en el caso de familias numerosas de categoría general o de personas con discapacidad.
  • Es de hasta 5 veces el IPREM para el caso de familias numerosas de categoría especial o de personas con discapacidad más severa.

Estas ayudas se aplican para pisos con una renta de alquiler de hasta 900 euros mensuales o 450 euros en el caso de una habitación en piso compartido.

Esta ayuda subvencionará hasta el 50 por ciento, esto es una mejora respecto el anterior plan que había que únicamente llegaba a cubrir el 40% de la renta mensual del alquiler.

La ayuda tendrá una duración máxima de cuatro años, desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2025 (con carácter retroactivo, sin importar el momento en que se concedan) y  mientras se esté en alquiler y se cumplan los requisitos de esta ayuda.

Ayudas al alquiler a personas en situación de vulnerabilidad

Al colectivo de personas de víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables;se les facilitan unas condiciones de concesión de ayudas de hasta el 100% de la renta de alquiler y de hasta el 100% de los gastos de comunidad, mantenimiento y suministros de las viviendas, con una limitación de 600 euros mensuales de alquiler (en algunos supuestos hasta 900 euros mensuales) y de 200 euros mensuales para los gastos referidos.

Para las familias o unidad de convivencia puede estar en esta situación cuando los ingresos anteriores a la vulnerabilidad sobrevenida eran de 5 veces el IPREM y posteriores a la situación sobrevenida pasa a ser 3 veces el IPREM; en general, la unidad de convivencia ha tenido una reducción en los ingresos netos superior al 20% y el esfuerzo a la renta de alquiler supera el 40% de sus actuales ingresos. En este caso de concede para alquileres de hasta 900 euros al mes y la ayuda es de hasta el 100% de la mensualidad del alquiler.

El BOCCE publica el listado provisional de beneficiarios de Ayudas al Alquiler