jueves. 25.04.2024

Los establecimientos minoristas de alimentación de la ciudad de Ceuta, deberán respetar las siguientes normas de funcionamiento para limitar la propagación del COVID-19: 

 

1.-Los establecimientos hasta 150 m2  solo podrán abrir un máximo de siete horas al día, en jornada continuada o partida.

 

2.-Los establecimientos cuya sala de ventas esté comprendida entre 151 y 399 m2  solo podrán abrir un máximo de nueve horas al día, en jornada continuada o partida.

 

3.-Los establecimientos cuya sala de ventas iguale o supere a los 400 m2   solo podrán abrir un máximo de diez horas al día, en jornada continuada o partida.

 

4.-Los mercados municipales de abastos tendrán un horario de atención al público comprendido entre las 09:00 a 14:00 horas.

 

5.-Todos los establecimientos mencionados deberán proceder a su cierre a las 20,30 horas y anunciar el horario es-cogido, dentro de los límites mencionados, en la entrada del establecimiento hora de apertura y hora de cierre) y de-berán mantener las debidas condiciones de higiene y seguridad para la prevención de la propagación del COVID-19 (Distancia social, guantes de protección, mascarillas y cualesquiera otras establecidas por las autoridades competentes).

 

6.-Las medidas serán de obligado cumplimiento en la ciudad de Ceuta y estarán vigentes hasta su levantamiento por la autoridad sanitaria competente. 

Conozca aquí los nuevos horarios de las tiendas de alimentación y supermercados