jueves. 25.04.2024

La evolución de la crisis sanitaria requiere la prolongación en el tiempo de las medidas adoptadas a fin de limitar la extensión del contagio de la enfermedad. Por ello se hace también necesario prorrogar los controles en las fronteras interiores terrestres hasta el 26 de abril de 2020, según permite el artículo 28.3 del Código de Fronteras Schengen. Esta medida se considera proporcionada a la gravedad de la situación y congruente con el restablecimiento de controles en las fronteras interiores adoptado por la mayoría de Estados miembros de la Unión Europea, entre ellos Francia y Portugal, con los cuales España comparte las dos fronteras terrestres interiores afectadas.

 

Sólo se permitirá la entrada en el territorio nacional por vía terrestre a las siguientes personas:

 

a) Ciudadanos españoles.

 

b) Residentes en España.

 

c) Residentes en otros Estados miembros o Estados asociados Schengen que se dirijan a su lugar de residencia.

 

d) Trabajadores transfronterizos.

 

e) Profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que se dirijan a ejercer su actividad laboral.

 

f) Aquellas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad

El Gobierno prolonga el cierre de las fronteras terrestres