jueves. 28.03.2024

 

 

Apenas unos días después de conocerse el último informe policial aportado al ‘caso Emvicesa’, la defensa del principal investigado, Antonio López, ha presentado este martes un escrito de queja formal en el juzgado. Entiende el abogado del que fuera gerente de Emvicesa que este informe, sobre el contenido del teléfono móvil y la tablet de López, se ha presentado tarde, ya que se terminó en septiembre y se ha aportado a la causa en noviembre, y que además está lleno de subjetividades. 


La queja busca poner en evidencia que “el informe policial, desde la pura subjetividad, mediante la conjetura o deducción hace un salto en el vacío impropio del rigor exigible, carente de profesionalidad por el que ‘deduce’ o ‘intuye’ que cualquier conversación o cita de López tiene algo que ver con el pago de alguna cantidad por una vivienda”. Así, el letrado del exviceconsejero de Vivienda se pregunta si el Juzgado y el Ministerio Fiscal considerarán necesarios los datos de cantidad, quién, cuándo, y dónde, desconocidos hasta ahora para “dar alguna eficacia a las elucubraciones policiales”.


Además, para la defensa de López, la “deriva subjetiva” todavía se hace “más llamativa” cuando atribuye al investigado la propiedad y además “escondida” de todos los objetos que aparecen fotografiados en su teléfono móvil. “Solo cabe denunciar el despropósito”, apostilla en esta queja remitida al juzgado.


Mientras, sobre las tarjetas de visita que aparecen en el informe y que fuero intervenidas en la casa del exgerente de Emvicesa, el letrado de López señala que la petición de ayuda de algún ciudadano reseñada en una tarjeta de visita, “práctica habitual aunque en desuso”, conforme a lo que califica como “desafortunado criterio policial” se traduce en delito con calificaciones jurídicas “impropias de un informe policial”.


Mala praxis


El letrado de López incide en su escrito al juzgado en que el informe ahora presentado “lleva al extremo el incumplimiento de las reglas más elementales de buena praxis policial”. Para ello, hace referencia a estas reglas recogidas, entre otras, en la Instrucción 7/1997 de 12 de mayo de la Secretaría de Estado de Seguridad, donde se establece que “las exposiciones contenidas en los atestados tratarán de recoger todos aquellos hechos objetivos que evidencien la realidad, sin que las mismas vayan acompañadas de valoraciones o calificaciones jurídicas; por ello, deberá evitarse todo tipo de criterios subjetivos y cuestiones irrelevantes para el proceso penal”. (…) ”En la redacción de los atestados no se harán constar actuaciones basadas en conceptos genéricos o no suficientemente fundamentados, tales como <<actitud sospechosa, informaciones recibidas>>, etc., o descripciones rutinarias similares, debiendo especificarse, clara y concretamente, los indicios determinantes de la actuación policial”, señala esta instrucción a la que se refiere el abogado de López en su queja, en la que se muestra muy crítico con que ya en la página 2 del informe puede leerse: “se atisban una serie de delitos como son el delito de cohecho y el delito de tráfico de influencias”. 


Peticiones


“Apreciaciones subjetivas y calificaciones jurídicas prohibidas por la Instrucción 7/1997, en una misma frase”, subraya esta queja remitida al juzgado, en la que se solicita también que se devuelva a López los teléfonos móviles y la tablet intervenidos. Además, también pide la defensa que se cite a declarar al inspector de Policía cuya tarjeta de visita aparece en el informe y que fue intervenida en el registro de la casa de López.

 

López facilitó las claves de acceso a su teléfono y su tablet

 

En esta queja presentada al juzgado se destaca que el informe tiene un registro de salida de fecha 18 de septiembre de 2017, habiendo sido aportado a las actuaciones el 16 de noviembre de 2017, dos meses después. “Tanto si dicho retraso es imputable al juzgado como si lo es a la fuerza policial actuante, debe ser en este momento denunciado y motiva la queja formulada”, entiende la defensa de Antonio López, que por otro lado destaca el hecho de que fue el propio exgerente de Emvicesa el que ofreció las claves para acceder tanto a su teléfono como su tablet. Algo que, entiende su letrado, demuestra que López “tiene la certeza de que no ha cometido irregularidad alguna”.

 

“El obsesivo informe convierte una cita para tomar café en un delito de cohecho”

 

La queja presentada por la defensa de Antonio López sobre el informe que analiza el contenido del teléfono móvil de este como principal acusado en el ‘caso Emvicesa’ analiza punto por punto cada conversación de whatsapp recogida en dicho informe. Así, sobre las conversaciones mantenidas con los seis presuntos nuevos ‘clientes’ identificados en este cribado del móvil de López, su abogado asegura que “los denominados seis nuevos ‘clientes’, solo podrían ser tenidos como tales a partir de las elucubraciones, deducciones, conjeturas y suposiciones policiales que prescinden de las relaciones de amistad, de que la única referencia a dinero son 500 euros y con una finalidad determinada”.


Para el letrado del exgerente de Emvicesa, “solo cabe denunciar respetuosamente la falta de rigor policial, el sesgo permanente y obsesivo de informe que convierte una cita para tomar un café en un delito de cohecho” y esperar que el juzgado y la fiscalía “compartan esta valoración crítica y, formular las quejas oportunas”. Y es que, para el abogado no existe evidencia alguna sobre la presunta trama de venta de viviendas públicas de la que se acusa a López. 


Mientras, sobre las conversaciones con los ‘clientes’ ya identificados en la investigación previa, señala el abogado que en estas conversaciones, de nuevo, “nada”. “Nada más que las suposiciones policiales a partir de alguna cita o frase difusas. Pasar de esas frases a un delito de cohecho es simplemente absurdo”, apostilla.

 

“Estas intuiciones reflejan el pobre contenido de la investigación policial”

 

Las fotografías de obras de arte y relojes que se encontraron en el teléfono de Antonio López son la tercera cara de un polémico informe que la defensa del exgerente de Emvicesa ha puesto en cuestión. Y es que, los investigadores dan por sentado que estos bienes fueron adquiridos por López aunque no los han localizado. No obstante, defiende el letrado del que fuera viceconsejero de Vivienda que es frecuente que las personas tengan en sus teléfonos imágenes relacionadas con sus aficiones o intereses. 


“La afición de mi mandante a las subastas de obras de arte, ornamentación, joyas o relojes tiene reflejo en la causa y en las fotos de su móvil”, reconoce el abogado para criticar que esto dé pie a que se intuya que cada objeto fotografiado fuera adquirido por López. “De esa manera, machaconamente y después de cada fotografía, se añade “…no siendo intervenido por este grupo policial” sugiriendo o dando a entender y teniendo por cierto que ese objeto ha sido adquirido por mi mandante y lo ha escondido”, se señala la queja para añadir: “Solo cabe expresar nuestra más respetuosa protesta por tan temeraria, sesgada y falta de la más elemental profesionalidad de estas “intuiciones” policiales que reflejan la realidad del pobre contenido de la investigación”.

 

“Se pretende equiparar la petición de asesoramiento con el tráfico de influencias, lo que es absurdo”

 

Una de las tres partes del último informe presentado por la UDYCO es la referente a las tarjetas de visita en las que se pide que se atienda a demandantes de vivienda que fueron encontradas en la casa de Antonio López durante el registro de la misma el pasado mes de febrero. Por ello, se sorprende el letrado del exgerente de Emvicesa que se titule dicho informe como de conclusiones del teléfono móvil de Antonio López cuando incluye otros aspectos como estas tarjetas. Pero, al margen de esta cuestión formal, el abogado incide en que las tarjetas constan en las actuaciones desde febrero “sin que ni el juzgado ni el fiscal ni la propia policía le hubieran dado significación alguna”, ni se preguntara sobre las mismas ni a López ni a ninguno de los titulares a los que no se les ha oído en declaración, “ni se ha interesado, ni se tiene noticia de que haya ni siquiera solicitado por nadie”.


También subraya la defensa de López que “todas las tarjetas remiten a una petición de ayuda o asesoramiento en términos similares, incluida la correspondiente al Inspector Jefe de la Policía Nacional destinado en la Jefatura Superior de Ceuta, Don José Antonio Artiel”. Peticiones que, entiende el abogado, no serían una prueba de delito. Por eso, acusa al investigador de dar “de nuevo, un salto en el vacío que revela la ausencia del más elemental rigor y profesionalidad”. 


Para el letrado de López, “el informe policial pretende equiparar la petición de ayuda y asesoramiento, que incluye la explicación de convocatorias, requisitos o trámites para la solicitud de vivienda a quien lo necesite con delitos de tráfico de influencia o cohecho, lo que incurre en el absurdo y temeridad que podría terminar con la imputación en el procedimiento del propio Inspector-Jefe mencionado”. De ahí que este sea uno de los motivos de la queja presentada en el juzgado contra el último informe de la UDYCO.

 

Fiscalía se opone al sobreseimiento al entender que existen indicios de prevaricación y falsedad

 

La Fiscalía se ha opuesto al sobreseimiento del caso Emvicesa que han pedido varias partes como la de Antonio López o incluso Susana Román y Rabea Mohamed. Y es que, entiende el fiscal que existen en las actuaciones indicios suficientes de la comisión de un delito de prevaricación administrativa así como de falsedad. Además, ante el nuevo argumento de que las casas se otorgaban sin ningún control, desde Fiscalía inciden en que el procedimiento se ha regido por la Ordenanza sobre adjudicación de Viviendas de la Ciudad Autónoma de Ceuta  de 27 de septiembre de 2006, partiendo de las propias declaraciones de los investigados y miembros de la Comisión Local de la Vivienda, ya que todos afirmaron que tanto la comisión como el procedimiento de adjudicación era el regulado en la Ordenanza Municipal del año 2006, no dudando de los integrantes de dicho organismo, que pudiesen incurrir en un error “tan burdo”  como es el conocer la normativa que regula el órgano.

"Mala praxis" y "saltos al vacío" entre las quejas de la defensa de López contra el...