viernes. 26.04.2024

El Gobierno ha ordenado la puesta  a  disposición  de  las  Comunidades  Autónomas  de  los  centros  de diagnóstico clínico privados de forma tendrán a su disposición los centros, servicios y establecimientos sanitarios de diagnóstico clínico de titularidad privada ubicados en su comunidad autónoma que no estén prestando servicio en el Sistema Nacional de Salud, así como su personal.

Entre las cuestiones que se pretenden lograr es la regulación de los precios de las pruebas diagnósticas para la detección del COVID-19, con el objeto de evitar situaciones abusivas en el acceso a este servicio.

 

También  establece que todos los centros, con independencia de su titularidad, deberán notificar a la autoridad sanitaria competente de la Comunidad Autónoma en la que se encuentren ubicados y/o presten sus servicios, los  casos  de  COVID-19  confirmados  de  los  que  hayan  tenido  conocimiento  tras  la realización de las correspondientes pruebas diagnósticas. Y a su vez las Comunidades Autónomas trasladarán al Ministerio de Sanidad, cuando este lo requiera, la información referida en este apartado que solicite.

Una vez recibida esta información, el Ministerio de Sanidad podrá adoptar, en su caso, las medidas oportunas en atención a criterios de necesidad y urgencia, con el objetivo de garantizar los principios de equidad y cohesión.

 

Una orden que ya está en vigor desde este martes y que tendrá efecto hasta la  finalización  del  estado  de alarma.

El Gobierno interviene los laboratorios privados