sábado. 27.04.2024

El juicio de Emvicesa ha retomado sus sesiones este martes, 7 de noviembre, con una especie de clase magistral para los amantes del derecho impartida por el Tribunal que ha desarrollado un escrito de 91 folios para resolver las múltiples cuestiones previas planteadas por las defensas de los diversos acusados. La gran mayoría de las mismas las ha ido desechando para tirar el juicio adelante. NI indefensión por el secreto de sumario y sus 17 prórrogas, ni teoría del fruto del árbol envenenado, ni vulneración de derechos fundamentales por los pinchazos telefónicos, ni tan siquiera vulneración de derechos por la transcripción de conversaciones telefónicas intervenidas entre los entonces investigados, hoy acusados, como Jesús González Barceló o el propio Antonio López y sus abogados. El juicio seguirá casi tal y como estaba planteado.

“Pedía sentencia absolutoria. Eso no va a pasar”, ha resumido y adelantado casi al inicio de su intervención su Señoría, Emilio Salinas, cuando el presidente del Tribunal, Fernando Tesón, le ha cedido la palabra para que explique las decisiones tomadas por los magistrados.

El Tribunal ha atendido en su exposición que resumía esos 91 folios las cuestiones previas planteadas de forma oral durante las dos primeras sesiones del juicio, dejando las presentadas con antelación a la apertura de la vista oral para tenerlas en cuenta a la hora de dictar sentencia.

Una a una ha ido justificando tirar por tierra las mismas y adelante el juicio. Por ejemplo, la plantada por Jesús González Barceló, ex diputado, que cargó contra la instrucción por el pinchazo telefónico que acabó con la transcripción de una de sus conversaciones con su abogado tras declarar ya como acusado en el Sumario.

“Se hizo mal por parte de la Policía”, ha deslizado como mínimo reproche a la Instrucción Salinas, pero su contenido es irrelevante, se produjo a posterior de su declaración y ni tan siquiera se podía deducir nada de su estrategia de defensa de la misma.

Jurídicamente el pinchazo estaba justificado y la Policía debería haber puesto en conocimiento de la instructora la misma para que fuera la jueza quien la excluyera de las actuaciones, algo que hubiera sido lo correcto y que es lo que ofrece ahora el Tribunal, borrar los audios y eliminarlos del sumario, haciéndolo así constar de forma específica.

La de González Barcelo y también las de otros como Antonio López, al que la instrucción sí que llega a hacer una somera referencia a una de las conversaciones mantenidas con su abogado. En lo jurídico, el Tribunal ha repasado que aunque en la “teoría” el legislador sí establece que se puede y se debe diferenciar qué conversaciones se pinchan y cuáles no, en la práctica “no es posible”.

Desecha todos esos argumentos similares por tanto el Tribunal y mantiene así la agenda prevista para el juicio. El Tribunal, aún con matices, ha hecho un ejercicio para validar toda la instrucción llevada a cabo. Tanto así, que otra de las cuestiones que más malestar parecía generar en los acusados el secreto de sumario y el alargamiento del mismo, así como el origen de la investigación, han sido validados plenamente por el Tribunal con profusión de argumentos legales.

“Tanto el decreto del secreto de sumario como todas sus prórrogas tenían cobertura legal (…) no se limitó derecho fundamental alguno (…) el secreto no podía ser más lógico en su declaración inicial, no había otro modo de garantizar el éxito de la instrucción”, ha llegado a explicar Salinas. El Tribunal zanja así el asunto al entender que no se produjo “ninguna merma en el derecho de Defensa.

Son argumentos que ha ido atribuyendo de forma concreta a algunas de las alegaciones presentadas en las cuestiones previas, pero que son extrapolables con carácter genérico a todo. De hecho muchos de los argumentos se iban repitiendo cuestión tras cuestión.

Otro argumento común en la explicación del Tribunal para rechazar cuestiones planteadas por las Defensas ha sido usado de forma recurrente al aclarar que más allá de las calificaciones, tanto en la investigación como en el señalamiento para la vista oral debe atenderse a los hechos concretos más que a los delitos señalados. Con ese argumento ha tumbado también buena parte de las alegaciones que atacaban directamente a la imputación de delitos sobre algunos acusados o a las actuaciones planteadas durante la instrucción. El Tribunal ha venido a explicar que lo importante son los hechos, tanto durante la investigación como a la hora de mandar la causa a la vista oral y de juzgarla

Tampoco ha tenido en consideración aquellas cuestiones previas que trataban de descabalgar la causa aludiendo a esa especie de teoría del fruto del árbol envenenado. Si la base de la investigación judicial estaba en otra cusa, en la famosa conversación intervenida en la investigación de un asesinato en la que se escucha hablar del pago por viviendas públicas bajo cuerda, si incluso hubo dos procedimientos andando a la vez y en lo meramente técnico y judicial podría considerarse que se había incurrido en error, ninguno de esos argumentarios los ha aceptado el Tribunal.

Todos los ha sostenido de forma técnica y jurídica y los ha desechado, en muchos casos dejando entrever que por los pelos, pero sin conceder ni un centímetro a quienes han querido cuestionar la instrucción y por tanto la causa.

También se queda la acusación particular, por más que también uno de los que la ejerce sea a su vez acusado. Entiende el Tribunal que no hay ninguna incompatibilidad, dado que se trata de uno de los encausados por cohecho, por supuestamente haber pagado una cantidad a cambio del compromiso de concesión de una de las 317 viviendas públicas de Loma Colmenar, pero que a su vez está negando su participación y esos hechos. Así ha zanjado una de las cuestiones previas más polémicas de las presentadas y mantiene por tanto a un elemento que molesta de forma clara a los acusados y que mantiene retenidos 6 millones de euros de las arcas municipales por las posibles responsabilidades subsidiarias que pudieran derivarse en la sentencia.

Así, pues, dirimidas las cuestiones previas llegará el turno a partir de este mediodía de la declaración de testigos y arrancará realmente el juicio oral del Caso Emvicesa. Hay sesiones para al menos varias semanas previstas. Tanto así que algunas declaraciones de funcionarios policiales solicitadas por la defensa de Antonio López, que ha admitido el Tribunal se han señalado para la próxima semana, pero otros testigos están citados ya en diciembre.

El Tribunal de Emvicesa tira el juicio adelante y desecha la mayoría de cuestiones...