lunes. 29.04.2024
BOMBEROS

Una resolución judicial obliga a la Ciudad a pagar a los bomberos las cantidades adeudadas por manejo de terminal en 30 días

El Sindicato de Bomberos de UGT Servicios Públicos celebra que el Juzgado de los Contencioso-Administrativo de Ceuta haya dictaminado que “el Gobierno de la Ciudad Autónoma debe cumplir con la sentencia ganada por 27 compañeros hace más de un año, y que hasta ahora se había resistido a abonar”. Ante la falta de respuesta, los servicios jurídicos de UGT solicitaron la ejecución de las sentencias y han señalado que “finalmente” se ha emitido una resolución judicial que obliga a la Ciudad a pagar las cantidades adeudadas en un plazo de treinta días.

Vehículo en el interior del Parque de Bomberos / Archivo
Camión de Bomberos / Archivo

El Sindicato de Bomberos de UGT Servicios Públicos se congratula por el fallo del Juzgado de los Contencioso-Administrativo de Ceuta que ordena al Gobierno de la Ciudad Autónoma ejecutar la sentencia "ganada por 27 compañeros hace más de un año, y que hasta la fecha se había resistido a abonar, incumpliendo así con su obligación".

Durante meses, el Gobierno de la Ciudad ha ofrecido una resistencia "incomprensible", dice el sindicato, para pagar la sentencia dictada por el Juzgado en favor de los 27 efectivos del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento (SEIS). Su argumentación "peregrina" de no saber qué cantidad debían abonar "llega ahora a su fin". Para el sindicato, "resulta evidente que, si una Administración no sabe cómo ejecutar una sentencia, los responsables deben ser reemplazados por personas competentes. No se puede dejar a 27 empleados públicos sin pagar lo que les corresponde durante más de un año debido a la simple ignorancia, asumiendo que no hay mala fe de por medio".

"Afortunadamente" apuntan, ante la falta de respuesta y dilaciones, los servicios jurídicos de UGT tomaron la iniciativa y solicitaron la ejecución de las sentencias. Finalmente, se ha emitido una resolución judicial que obliga a la Ciudad a pagar las cantidades adeudadas en un plazo improrrogable de treinta días.

En dicha resolución, se advierte a las autoridades responsables que, en caso de que transcurran los treinta días sin cumplir con la sentencia, se aplicará el artículo 112 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Este artículo establece que, una vez vencidos los plazos para el total cumplimiento del fallo, el juez o tribunal tomará las medidas necesarias para lograr su efectividad. Además, se podrán imponer multas coercitivas y se podrá exigir la responsabilidad penal correspondiente.

El Sindicato de Bomberos de UGT Servicios Públicos espera "no tener que llegar a este extremo", pero no dudará en "tomar todas las medidas necesarias para que el Gobierno de la Ciudad cumpla con la sentencia en todos sus términos". "La justicia y los derechos de los trabajadores deben prevalecer, y el sindicato velará por ello hasta las últimas consecuencias" aseguran..

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