lunes. 29.04.2024

El Tribunal Supremo ha ratificado, por tercera vez, el derecho de los solicitantes de asilo en las ciudades de Ceuta y Melilla, actualmente fuera del Tratado Schengen, a moverse por todo el territorio nacional. El Supremo, además, considera que estas personas podrán establecer su residencia en cualquier parte del territorio nacional.

 

Concretamente, y según informa la agencia Europa Press, este derecho "no puede limitarse desde la Administración por su condición de solicitante de la protección internacional", dice en respuesta a la demanda presentada por el Servicio Jesuíta de Migrantes.

 

Esta entidad considera, asimismo, que "este reconocimiento pleno, exige, al menos dos cambios importantes en la dinámica de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras", coo son "impartir instrucciones estrictas a todos los agentes de Policía que presten servicio en los controles de documentación para que no impidan el embarque de quienres exhiben sus tarjetas rojas, ni siquiera con el preteto de condicionarlo a que demuestren tener domicilio en la Península" y "agilizar la expedición de la tarjeta roja a quienes se les reconozca la condición de solicitantes de protección, puesto que se les mantiene largo tiempo con el resguardo de presentación de la solicitud de protección internacional, que no tiene consideración de documento de viaje que acredite la identidad de esta persona". 

 

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El Supremo ratifica el derecho a moverse por toda España de los demandantes de asilo