lunes. 29.04.2024

La protección por violencia de género puede extenderse a los guardias civiles hombres, según sentencia el Tribunal Supremo, que considera que los guardias civiles están legitimados para pedir iguales medidas de protección por violencia de género que las establecidas en el Reglamento de Destinos para las mujeres guardias civiles.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo en sentencia 1752/2020 de fecha 16 de diciembre de 2020, "estima parcialmente el recurso presentado por la asociación profesional Independientes de la Guardia Civil (IGC), anulando los incisos de dos artículos del Real Decreto que aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil", según ha podido saber Ceuta Televisión.

El recurso fue  promovido por el "sargento de la Guardia Civil Joaquín Parra Cerezo, Jefe de la Guardia Civil de Nules y Villavieja (Castellón), cuando era presidente de la citada asociación IGC, ha tenido por resultado la sentencia del Tribunal Supremo que anula dos artículos del Reglamento de Destinos promovido por el Gobierno de Pedro Sánchez, que permitía a la Directora General y al Ministro de Interior, destinar a los guardias civiles a su criterio, sin publicar previamente la vacante, cuando a juicio de los jefes de la Guardia Civil, existieran necesidades del servicio, evitando de esta manera la libre concurrencia de peticionarios, y frustrando las legitimas expectativas de otros miembros de la Institución, e "incluso prestarse a finalidades inconfesables", en palabras del propio Tribunal".

Para el Tribunal Supremo la asociación profesional Independientes de la Guardia Civil (IGC), tiene razón cuando afirma que "la cognoscibilidad general de los destinos vacantes es una exigencia elemental de transparencia, y una condición necesaria para una gestión del personal racional y virtuosa".

El Tribunal Supremo "reprocha al Gobierno de Pedro Sánchez que aprobó el Real Decreto de Destinos de la Guardia Civil, que ello abra la puerta a utilizar las necesidades del servicio como medio de eludir las vías ordinarias de concurrencia entre posibles candidatos  a un destino, en abierta contradicción con los principios constitucionales de igualdad en las condiciones de acceso a las funciones públicas y de mérito y capacidad, infringiendo con ello los artículos 23 y 103 de la Constitución", dice IGC.

El Tribunal Supremo atiende también al planteamiento de la asociación profesional Independientes de la Guardia Civil (IGC), "representada en ese momento por el sargento Joaquín Parra, en relación a que el Reglamento de Destinos únicamente da protección por violencia de género a las mujeres guardias civiles, y no también a los hombres guardias civiles, aunque la casuística sea mucho menor. Sin embargo el alto Tribunal sentencia que si se considera que éste es un problema real, la solución sería pedir que, mediante una reforma normativa, se ampliase la mencionada previsión reglamentaria a los hombres, por lo que no sería la medida adecuada anular el Reglamento en ese apartado".

El Tribunal Supremo "sin embargo desestima otras peticiones de la asociación IGC en su recurso, y considera que establecer una edad límite para acceder a determinadas especialidades de la Guardia Civil no es ilegal, como tampoco cesar en los destinos a los guardias civiles con limitaciones físicas por un determinado grado de incapacidad, cuando la asociación defendía en ambos casos que ni la edad, ni tener la capacidad física modificada puedan ser causas discriminatorias para ocupar determinados destinos, sino la superación de determinadas pruebas físicas y psicológicas,-para todos por igual-, pues hay guardias civiles con 50 años con mejor estado físico que otros, mucho más jóvenes, que no se cuidan tanto".

 

Puede consultar, aquí, la sentencia en PDF

Los guardias civiles hombres podrán pedir protección contra la violencia doméstica