El Articulo 115, consta de dos partes y está enmarcado en Título que habla de la Organización Territorial del Estado, concretamente en el apartado que se refiere a las Comunidades Autónomas.
Deja a criterio del Gobierno las medidas que considere necesarias aplicar para restituir el orden constitucional, siempre supeditadas a la aprobación por parte del Senado.
Se trata de un artículo muy similar al de muchos otros estados europeos de corte federalista que, a juicio de la decana tiene como función volver a la legalidad.
No es un artículo de aplicación inmediata, ya que requiere un proceso de aprobación en el senado a instancias del Gobierno, que incluso en el presente paisaje político, con mayoría del Partido Popular en la Cámara Alta, llevaría mínimo unos días para poder desarrollarse.