Importante novedad judicial a los sucesos del 6 de febrero de 2014. La Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha archivado la causa, considerando que "no hay prueba indiciaria que contradiga la afirmación de que la actuación policial se ajustó a los principios básicos exigibles para estas intervenciones". El uso del material antidisturbio fue "adecuado y proporcional" a las circunstancias del caso.
Recordar que los agentes de la Guardia Civil se enfrentaban a varios delitos como homicidio imprudente, lesiones o denegación de auxilio. Los hechos se remontan al 6 de febrero de 2014, cuando un grupo de 15 personas de origen subsahariano murieron al tratar de entrar a nado por el espigón que separa España de Marruecos.
"Los guardias civiles que estaban en el espigón o la playa no tenían obligación de socorrer a los nadadores, no solo porque no se ha acreditado (ni siquiera alegado) que los primeros les hicieran algún requerimiento al respecto, sino porque tampoco existe prueba alguna de que se pudiera apreciar desde la parte española que estas personas estuvieran ahogándose o en peligro de ello" , señala la Auidiencia Provincial, que destaca también la actitud de "auxilio" de los agentes de la Guardia Civil hacia los inmigrantes.
La noticia ha pillado por sorpresa tanto a Fiscalía como a algunos abogados de acusaciones particulares, que no habían recibido notificación alguna por conductos oficiales.